ASESORIAS Y CONSULTORIAS BRITO UCHA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2028
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Interino 40ª Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, Certifico: por escritura de fecha hoy, ante mí: LUDMILA NATALIA BRITO y GONZALO IGNACIO UCHA FERNANDEZ, ambos domiciliados en Avenida José Rabat 10670, Condominio Los Maderos, Chicureo, Colina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada con razón social “ASESORIAS Y CONSULTORIAS BRITO UCHA LIMITADA”, pudiendo usar nombre fantasía “GOLD GROUP LTDA”. Domicilio será ciudad de Santiago. Objeto será: a) a) La asesoría y consultoría de empresas en área comercial, marketing, y otros; b) comercialización, compra y venta de bienes muebles o inmuebles; c) La asesoría en toda materia deportiva, particularmente fútbol profesional, incluyendo gestiones de representación, consultoría, información u orientación a personas naturales o jurídicas, en el campo del deporte. d) La prestación de servicios a empresas o personas naturales en las áreas de imagen, relaciones públicas y el desarrollo en áreas de marketing y merchandising o promociones. e) Prestar asesorías contractuales, comunicacionales y de imagen a deportistas profesionales, e) En general todo lo que esté relacionado de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con todo lo anterior. Capital es $4.000.000 aportado al contado, ya ingresado en arcas sociales, como sigue: a) LUDMILA NATALIA BRITO $2.000.000, equivalente al 50% del capital social y b) GONZALO IGNACIO UCHA FERNANDEZ $2.000.000, equivalentes al 50% del capital social. Responsabilidad socios limitada monto respectivos aportes. Administración, representación y uso razón social corresponderá a GONZALO IGNACIO UCHA FERNANDEZ, con facultades señaladas misma escritura. Sociedad rige desde fecha escritura constitución y expirará el 31 diciembre del año 2028, prorrogándose tácita y automáticamente por períodos sucesivos de 3 años cada uno, forma señalada pacto social. Otras estipulaciones en escritura que extracto. - Santiago, 24 de noviembre de 2025.