INVERSIONES INMOBILIARIAS RT SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 1369/2025
- Notario
- Suplente de don PABLO BARRANTES DÍAZ
- Domicilio
- agrupación de comunas de Los Vilos y Canela
Objeto social
ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social será “INVERSIONES INMOBILIARIAS RT SpA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, para todos los efectos legales, fines publicitarios, inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado con el nombre de fantasía de “INVERSIONES RT SpA”.- ARTICULO SEGUNDO: El domicilio legal de la sociedad será en la ciudad y comuna de Los Vilos, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los accionistas o el Directorio acuerden establecer, en el país o en el extranjero. ARTICULO TERCERO: La sociedad comenzará a regir el día de la presente escritura y su duración será indefinida. ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros, asociados a terceros o de sociedades en las que forme parte la presente sociedad, de las siguientes operaciones: a) Desarrollar todas las actividades e inversiones inmobiliarias, tales como adquirir, enajenar, explotar, comercializar, arrendar o dar en arrendamiento, subarrendar, respecto de toda clase de bienes inmuebles, sean rústicos o urbanos, estén o no edificados o amoblados, desarrollar la actividad de corretaje y cualquier forma de intermediación en ellos; b) la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento, en establecimientos propios o ajenos, de hoteles, hostales, moteles, hosterías, albergues, restaurantes, campings, centros de recreación o eventos, discoteques, bares, salón de té, cafeterías, heladerías, organización de fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, la presentación de espectáculos, convenciones, exposiciones, congreso, simposios, reuniones y otros tales como locales de venta, comercialización, servicio de alimentos, distribución de comida, expendio de bebidas alcohólicas y anacohólicas, helados y cigarrillos y)u otros de naturaleza parecida; c) realizar la compra, venta directa o de cualquier modo de venta, permuta, consignación, arriendo, acopio, importación, exportación, comercialización, administración y distribución de todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, comercio y servicio. d) invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquier clases de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; e) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRES LAGOS FEEST, abogado, Suplente de don PABLO BARRANTES DÍAZ, Notario Público Titular de la agrupación de comunas de Los Vilos y Canela, según decreto económico número doscientos sesenta y cinco guion dos mil veinticinco, de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco, del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, con oficio en calle Colo Colo número trescientos cuarenta y cinco, comuna y ciudad de Los Vilos Certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 27 de noviembre de 2025, don RICARDO NEHEMÍAS TAPIA CORREA, chileno, empresario, soltero, domiciliado en Calle El Esfuerzo, Sitio Uno, Pichidangui, comuna de Los Vilos, provincia del Choapa, Región Coquimbo, C.N.I: 15.048.643-2, constituye una sociedad por acciones : TITULO PRIMERO. Nombre, domicilio, duración y objeto. ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social será “INVERSIONES INMOBILIARIAS RT SpA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, para todos los efectos legales, fines publicitarios, inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado con el nombre de fantasía de “INVERSIONES RT SpA”.- ARTICULO SEGUNDO: El domicilio legal de la sociedad será en la ciudad y comuna de Los Vilos, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los accionistas o el Directorio acuerden establecer, en el país o en el extranjero. ARTICULO TERCERO: La sociedad comenzará a regir el día de la presente escritura y su duración será indefinida. ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia, de terceros, asociados a terceros o de sociedades en las que forme parte la presente sociedad, de las siguientes operaciones: a) Desarrollar todas las actividades e inversiones inmobiliarias, tales como adquirir, enajenar, explotar, comercializar, arrendar o dar en arrendamiento, subarrendar, respecto de toda clase de bienes inmuebles, sean rústicos o urbanos, estén o no edificados o amoblados, desarrollar la actividad de corretaje y cualquier forma de intermediación en ellos; b) la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento, en establecimientos propios o ajenos, de hoteles, hostales, moteles, hosterías, albergues, restaurantes, campings, centros de recreación o eventos, discoteques, bares, salón de té, cafeterías, heladerías, organización de fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas, con o sin guías, arrendamiento de guías, la presentación de espectáculos, convenciones, exposiciones, congreso, simposios, reuniones y otros tales como locales de venta, comercialización, servicio de alimentos, distribución de comida, expendio de bebidas alcohólicas y anacohólicas, helados y cigarrillos y/u otros de naturaleza parecida; c) realizar la compra, venta directa o de cualquier modo de venta, permuta, consignación, arriendo, acopio, importación, exportación, comercialización, administración y distribución de todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, comercio y servicio. d) invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquier clases de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; e) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. f) Para el cumplimiento del objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o comunidades, ingresar a ellas, modificarlas, asumir su administración, ejecutar todos los actos o contratos conducentes al fin social; y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades.- g) como entidad de derecho, la sociedad podrá intervenir como socio o accionista, o promover y constituir sociedades, consorcios, convenios de asociación permanentes o temporales, o corporaciones comerciales, técnicos o administrativos, con otra u otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, ya sea para registrarse, inscribirse, calificarse, o participar en licitaciones públicas o privadas, de entes estatales, organizaciones no gubernamentales o de empresas privadas, ya sea en conjunto o en forma individual; h) podrá adquirir acciones o participaciones en otras sociedades o compañías, fusionarse con ellas o participar en las mismas en la forma y bajo las condiciones que las socias determinen; y i) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios. TITULO SEGUNDO. Capital y acciones.- ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES DE PESOS, dividido en CIEN acciones nominativas de CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS CADA UNA, que se suscriben y paga en la forma que señala el artículo primero transitorio, de estos estatutos. Las acciones serán nominativas y su suscripción deberá constar por escrito en la forma señalada en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio. Su transferencia deberá, asimismo, constar por escrito, con indicación de los títulos y el número de acciones. La adquisición de acciones de la sociedad implica la aceptación de los estatutos sociales, de los acuerdos adoptados por los accionistas y la normativa legal que le es aplicable. TITULO TERCERO: De la Administración y sus facultades. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá con amplias facultades a don RICARDO NEHEMÍAS TAPIA CORREA, quien podrá actuar anteponiendo su firma a la razón social o el nombre de fantasía, ya sea por sí o por medio de apoderados, obligando y representando a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, además, en la celebración de los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar, frente a terceros, si ellos corresponden o no al giro social. Se deja constancia que los títulos bajo los cuales pasan a enumerarse las distintas facultades, no son limitativos, en el sentido de que si éstas se ejercen para otros efectos, son plenamente válidas. Conforme a facultades contenidas en el articulo 10, desde la letra a) hasta letra i), ambas inclusive. TITULO NOVENO: Disposiciones Transitorias. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES DE PESOS, dividido en CIEN acciones nominativas de CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS CADA UNA, que don RICARDO NEHEMÍAS TAPIA CORREA, entera su aporte, cediendo y transfiriendo en dominio a la sociedad, que acepta en su nombre y representación, los bienes inmuebles singularizados en los números uno, dos, tres, cuatro y cinco del articulo primero transitorio, de la escritura extractada. Demas estipulaciones escritura extractada, repertorio 1369 /2025 Los Vilos, 28 de noviembre de 2025.