COMERCIAL SORDO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2025
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con Asiento en Peñalolén
- Comuna
- Santiago con Asiento en Peñalolén
Objeto social
”. En todo lo no modificado rigen íntegramente los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con Asiento en Peñalolén, con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2025, otorgada ante mí: Doña María Teresa Tamayo Sordo, cédula nacional de identidad número 6.053.885-9, domiciliada en calle Veintiuno de Mayo N°707, Santiago, Región Metropolitana; don Phillip Laurent Joseph Poirier Tamayo, cédula nacional de identidad número 17.960.705-0, domiciliado en calle Rosario Norte N°24, departamento 701, Las Condes, Región Metropolitana y FÁBRICAS UNIDAS DE SOMBREROS SpA, Rol Único Tributario número 77.402.003-9, debidamente representada por doña Ana María Suau Cerda, cédula nacional de identidad número 7.044.225-6, ambas domiciliadas en Avenida México N°515, Recoleta, Santiago; como únicos y actuales socios de “COMERCIAL SORDO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, Rol Único Tributario número 80.944.800-2, sociedad inscrita a fojas 556 Número 384 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1947, acordaron la modificación de la compañía. Se modificó el artículo tercero de los estatutos sociales relativo al objeto social por el siguiente: “TERCERO: El objeto social será: Uno) Importación, exportación, distribución, venta y comercialización de sombreros, prendas de vestir y accesorios; Dos) La explotación de tiendas comerciales, por cuenta propia o ajena del rubro ya indicado y el licenciamiento a terceros para la explotación de tiendas comerciales similares a las administradas por la sociedad; Tres) La adquisición, arrendamiento, subarrendamiento y explotación en general de bienes raíces a cualquier título, por cuenta propia o ajena, la administración de dichos bienes y la percepción de sus frutos; y Cuatro) En general, realizar todos los actos y contratos que los socios acuerden y/o digan relación directa o indirecta con el objeto social.”. En todo lo no modificado rigen íntegramente los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de noviembre de 2025.