TRANSPORTES JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de noviembre de 2025
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Alto Hospicio, Provincia de Iquique
- Duración
- Indefinida
Administración
corresponderá a JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, Abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí, JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI, chileno, soltero, transportista, Cédula de Identidad número 14.104.418-4, con domicilio en Calle Kuwait, Sitio 5, Sector La Pampa, Alto Hospicio; y LOURDE GABRIELA MORALES CAIPA, chilena, soltera, técnico en mantenimiento de maquinarias, Cédula de Identidad número 16.055.227-1, con domicilio en Pasaje Petra número 2254, Alto Hospicio, modifican y transforman. TRANSPORTES JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “TRANSPORTES JL E.I.R.L.”, en los siguientes términos: JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI, vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de sus acciones y derechos a doña LOURDE GABRIELA MORALES CAIPA, quien compra, adquiere y acepta para sí, el cincuenta por ciento de los derechos y acciones antes mencionado.- El precio de la sesión es la suma de diez millones de pesos que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo, moneda corriente nacional.- En virtud de lo anterior JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI, y LOURDE GABRIELA MORALES CAIPA, transformar la empresa individual de responsabilidad limitada a una sociedad de responsabilidad limitada, con arreglo a las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés, y sus modificaciones posteriores, teniendo, además presente las disposiciones pertinentes del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia, y en especial con arreglo a las estimulaciones del siguiente estatutos: Razón Social: “SOCIEDAD DE TRANSPORTES JL LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía de “TRANSPORTES JHOLOUS LTDA.; cuyo OBJETO será: El Transporte de Carga en todas sus formas, nacional e internacional, por medio de tractocamiones, camiones, camionetas, buses, maquinarias y demás vehículos de transportes motorizados propios, o de terceros, además de la realización de transportes de pasajeros ya sean urbanos e interurbanos, taxis, radiotaxis, rent a car, y en general toda actividad que diga relación con este tipo de prestaciones de servicio, asimismo podrá desarrollar actividades de movimiento de tierra, trasporte del mismo y todo lo con él relacionado. Compra y venta de Materiales de construcciones y ferretería, y; en general cualquier negocio, conexo o independiente, con el anterior tales como la adquisición, explotación y enajenación a cualquier título de todos los elementos o accesorios necesarios para el buen funcionamiento del rubro; o cualquiera otras actividades que los socios acuerden y que digan relación con cualesquiera de los servicios que necesiten las industrias o el comercio establecido, arriendo de salón de evento; y todo lo que en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, tenga que ver con todo lo dicho.- Y en general, la realización de toda clase tipo o especie de actos de comercio, actividad u operaciones que los socios acuerden realizar y que no se hayan mencionado anteriormente.- DOMICILIO: Comuna de Alto Hospicio, Provincia de Iquique, sin perjuicio que puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero; ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: corresponderá a JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI; CAPITAL: Sera la suma de $20.000.000, que se aportan en la siguiente forma: A) El socio, JHONNY LUIS CHOQUE MAMANI, entera y paga la suma de $10.000.000, en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que ingresa en esta acto al haber social; B) La socia, LOURDE GABRIELA MORALES CAIPA, entera y paga la suma de $10.000.000, en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que ingresa en este acto al haber social.- DURACIÓN: La sociedad empezará a regir desde la fecha de celebración de esta escritura y tendrá una duración indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique 07 de noviembre de 2025.-