Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2025
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $11.851.760.408 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la adquisición, habilitación, explotación, arrendamiento y enajenación, a cualquier título, de bodegas, edificios, oficinas, locales comerciales y todo tipo de construcciones destinadas al bodegaje y al almacenamiento de todo tipo de construcciones destinadas al bodegaje y al almacenamiento de todo tipo de productos y mercancías, en forma directa o a través de terceros y toda clase de bienes, muebles o inmuebles, así como de instalaciones, oficinas y, en general, de todo tipo de construcciones; b) la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; c) la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de edificación, urbanización y construcción en general, la ejecución de todo tipo de obras civiles, de montajes e instalaciones, y la prestación de servicios de ingeniería, construcción, movimientos de tierra y arrendamientos de maquinarias y equipos, tanto en el país como en el extranjero; y d) la prestación de asesorías financieras, contable, organizacional, directiva, comercial y, en general, relacionadas con la dirección y gestión de empresa, por medio de sus socios, asociados o profesionales contratados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio número 7.500-2025, Redmegacentro S.A., en su calidad de único y actual accionista de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista de la sociedad Megacentro Chile SpA, resolvió dividir la sociedad Megacentro Chile SpA en dos sociedades por acciones, subsistiendo Megacentro Chile SpA como continuadora legal de la actual, y otra sociedad por acciones que nace producto de la división, cuyo nombre es “Megacentro Chile II SpA” (la “Sociedad”) y único accionista es Redmegacentro S.A., de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Megacentro Chile II SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la adquisición, habilitación, explotación, arrendamiento y enajenación, a cualquier título, de bodegas, edificios, oficinas, locales comerciales y todo tipo de construcciones destinadas al bodegaje y al almacenamiento de todo tipo de construcciones destinadas al bodegaje y al almacenamiento de todo tipo de productos y mercancías, en forma directa o a través de terceros y toda clase de bienes, muebles o inmuebles, así como de instalaciones, oficinas y, en general, de todo tipo de construcciones; b) la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; c) la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de edificación, urbanización y construcción en general, la ejecución de todo tipo de obras civiles, de montajes e instalaciones, y la prestación de servicios de ingeniería, construcción, movimientos de tierra y arrendamientos de maquinarias y equipos, tanto en el país como en el extranjero; y d) la prestación de asesorías financieras, contable, organizacional, directiva, comercial y, en general, relacionadas con la dirección y gestión de empresa, por medio de sus socios, asociados o profesionales contratados. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $11.851.760.408, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 24 de noviembre de 2025.