Do Payment SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2025
- Notario
- VERÓNICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
prestar servicios tecnológicos, financieros y de procesamiento de pagos, tanto en Chile como en el extranjero, lo que incluye, sin que la siguiente enumeración sea taxativa: i) El desarrollo, implementación, operación, comercialización y licenciamiento de plataformas tecnológicas, propias o de terceros, destinadas a facilitar la diseminación, recaudación, gestión, procesamiento y conciliación de pagos y transferencias de fondos, en tiempo real o diferido, a través de medios electrónicos o digitales, incluyendo transferencias bancarias, tarjetas de débito, crédito, prepago, billeteras digitales, pagos en efectivo u otros mecanismos de pago disponibles en los mercados en los que la Sociedad opere; ii) La integración, desarrollo y mantenimiento de interfaces tecnológicas (APIs u otras) que permitan a los clientes de la Sociedad conectarse a sus sistemas para gestionar, automatizar y controlar sus operaciones de pago y cobro, incluyendo servicios complementarios como dashboards, monitoreo, conciliación, reporte, autenticación, validación de datos u otros de similar naturaleza; iii) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y desarrollo de soluciones personalizadas en materias relacionadas con medios de pago, tecnologías financieras (Fintech), infraestructura de pagos, cumplimiento normativo, prevención de fraudes y transformación digital en el ámbito financiero; iv) La celebración de toda clase de actos y contratos necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto anterior, tales como la asociación con terceros, formación de joint ventures o consorcios, participación en sociedades, alianzas comerciales o estratégicas, prestación de servicios tecnológicos o financieros, representación de terceros, subcontratación de servicios o cualquier otro instrumento habilitante; v) Efectuar inversiones por cuenta propia en instrumentos financieros, valores mobiliarios, activos digitales, derechos sociales o participaciones en otras sociedades, cualquiera sea su objeto, constituidas o por constituirse, así como la adquisición, arriendo, administración, explotación y enajenación de bienes muebles o inmuebles necesarios o relacionados con su objeto social; vi) La realización de todas aquellas actividades comerciales, industriales, financieras, de servicios o de inversión que fueren complementarias, accesorias o necesarias para el desarrollo de su objeto principal
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: que con fecha 19 de noviembre, ante mí, se redujo a escritura pública (Rep. N°17.311-2025), el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Do Payment SpA (la “Sociedad”) celebrada en esa misma fecha, en la cual Cristian Valderrama Padilla (RUT N°14.127.980-7) y Francisco Rodríguez Pacheco (RUT N°13.042.089-3), únicos accionistas de la Sociedad, acordaron reemplazar íntegramente los estatutos sociales por un nuevo texto refundido de los mismos, de lo cual extracto lo siguiente: Nombre: Do Payment SpA.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias, oficinas, sucursales o establecimientos en cualquier otro lugar, dentro o fuera del país.- Duración: indefinida.- Objeto: prestar servicios tecnológicos, financieros y de procesamiento de pagos, tanto en Chile como en el extranjero, lo que incluye, sin que la siguiente enumeración sea taxativa: i) El desarrollo, implementación, operación, comercialización y licenciamiento de plataformas tecnológicas, propias o de terceros, destinadas a facilitar la diseminación, recaudación, gestión, procesamiento y conciliación de pagos y transferencias de fondos, en tiempo real o diferido, a través de medios electrónicos o digitales, incluyendo transferencias bancarias, tarjetas de débito, crédito, prepago, billeteras digitales, pagos en efectivo u otros mecanismos de pago disponibles en los mercados en los que la Sociedad opere; ii) La integración, desarrollo y mantenimiento de interfaces tecnológicas (APIs u otras) que permitan a los clientes de la Sociedad conectarse a sus sistemas para gestionar, automatizar y controlar sus operaciones de pago y cobro, incluyendo servicios complementarios como dashboards, monitoreo, conciliación, reporte, autenticación, validación de datos u otros de similar naturaleza; iii) La prestación de servicios de asesoría, consultoría y desarrollo de soluciones personalizadas en materias relacionadas con medios de pago, tecnologías financieras (Fintech), infraestructura de pagos, cumplimiento normativo, prevención de fraudes y transformación digital en el ámbito financiero; iv) La celebración de toda clase de actos y contratos necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto anterior, tales como la asociación con terceros, formación de joint ventures o consorcios, participación en sociedades, alianzas comerciales o estratégicas, prestación de servicios tecnológicos o financieros, representación de terceros, subcontratación de servicios o cualquier otro instrumento habilitante; v) Efectuar inversiones por cuenta propia en instrumentos financieros, valores mobiliarios, activos digitales, derechos sociales o participaciones en otras sociedades, cualquiera sea su objeto, constituidas o por constituirse, así como la adquisición, arriendo, administración, explotación y enajenación de bienes muebles o inmuebles necesarios o relacionados con su objeto social; vi) La realización de todas aquellas actividades comerciales, industriales, financieras, de servicios o de inversión que fueren complementarias, accesorias o necesarias para el desarrollo de su objeto principal.- Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, todas de una misma serie, y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para requerir las inscripciones y publicaciones necesarias para la legalización de la Sociedad. Santiago, a 25 de noviembre de 2025.