MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PARA LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METALICOS LIMITADA

RUT 79902800-K CVE 2734961
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
10 de noviembre de 2025
Repertorio
2409-2025

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO NEHME CARPANETTI Notario Público de Copiapó, L.B. O´higgins 774, Copiapó, certifica que por escritura pública suscrita ante Notario Suplente don Vincenzo Papapietro Schubert, de fecha 10 de noviembre de 2025, Repertorio N°2409-2025, don ALVARO ANTONIO GOMEZ LEPPE, Ruta Internacional número mil uno comuna de Copiapó, y don MANUEL LUIS FLORES FERNANDEZ, Ruta Internacional número mil uno comuna de Copiapó, modifican “SOCIEDAD PARA LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METALICOS LIMITADA” o “FAPROMET LTDA.”, Rol Unico Tributario N°79.902.800-K, cuyo capital $1.000.000.-, constituida con fecha 24 de mayo del año 1989. El extracto de dicha sociedad fue publicado en el ejemplar número 33.397 del Diario Oficial del día 14 de junio del año mil 1989 y se inscribió a fojas 13.393 número 6.751 del Registro de Comercio de Santiago del año 1989. Se modifica cláusula SEGUNDA del pacto social, quedando esta como sigue: "SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: Explorar, reconocer, prospectar, investigar y explotar toda clase de yacimientos de minerales, con el fin de extraer, producir y procesar minerales; denunciar, reconocer y constituir pertenencias y derechos mineros de cualquier naturaleza, sobre cualquier clase de sustancias minerales; explotar sus yacimientos mineros u otros y sus anexos; para estos efectos, podrán instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de los productos que, de ellos, se extraigan; venderlos o vender éstos sin beneficiarlos previamente; importar o exportar minerales u otros bienes; comprar, vender, transportar o comercializar, de cualquier forma, toda clase de sustancias y de productos minerales; celebrar contratos de compraventa, arrendamiento, explotación, hipoteca, avío u opciones respecto de pertenencias o de derechos mineros, y enajenarlos o cederlos a cualquier título; y, en general, celebrar y ejecutar todos los actos y contratos, de todo tipo, encaminados a la consecución de los objetivos señalados; la manufactura de toda clase de artículos relacionados con metales y la fabricación de estructuras metálicas, la importación y exportación, y distribución y venta al por mayor y al detalle, de los productos que elabore la sociedad; la compra, adquisición, venta, permuta, enajenación, distribución, importación, exportación, intermediación, de maquinaria, de camiones y vehículos de todo tipo, especialmente de usos mineros, de repuestos o componentes necesarios para la fabricación o reparación de los mismos, insumos de máquinas y sondajes en general de equipos mineros, así como de todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, herramientas, maquinarias u otros elementos afines para ejercer dichas actividades; además el almacenamiento, depósito, arrendamiento, mantenimiento y/o reparación de los mismos. Podrá, también, tomar representaciones de todas las patentes y marcas relacionadas con el rubro. El objeto social abarcará, además, el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro, y el uso de las licencias que le sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas. El objeto social también abarcará la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro que acordaren los socios En lo no modificado rige estatuto social primitivo y modificaciones posteriores. Copiapó, 17. de noviembre de 2025.-