SOCIEDAD DE PROFESIONALES CUIDAPET LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 2433-25
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PEREZ
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La prestación de servicios y asesorías profesionales y, en especial, la prestación de servicios relativos a la atención veterinaria de animales de compañía y mascotas en el área de las tecnologías de la información, desarrollo de software, desarrollo ingeneril, para atenciones centradas en el diagnóstico, procedimientos y tratamiento de animales
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don DIEGO ANDRÉS SOLARI MARTENS, don FRANCISCO ANTONIO SUÁREZ SALAS y don RAFAEL EDUARDO TORO VELASCO, quienes actuando al menos dos de ellos conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PEREZ, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Peñalolén, domiciliado en Av. Quilín 5283, certifico que: Por escritura pública de fecha 19 de noviembre de 2025, Repertorio N° 2433-25, otorgada ante mí, don DIEGO ANDRÉS SOLARI MARTENS, ingeniero, cédula de identidad N° 19.935.527-9, don FRANCISCO ANTONIO SUÁREZ SALAS, ingeniero, cédula de identidad N° 18.634.476-6, don RAFAEL EDUARDO TORO VELASCO, ingeniero, cédula de identidad N° 19.640.225-K y doña DANIELA PAZ GALAZ CAMPOS, médico veterinario, cédula de identidad N° 19.035.829-1, todos domiciliados en Román Díaz N° 117, oficina 404, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, acordaron constituir sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son del siguiente tenor: Razón Social: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES CUIDAPET LIMITADA”, pudiendo usar de forma abreviada o como nombre de fantasía “CUIDAPET LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La prestación de servicios y asesorías profesionales y, en especial, la prestación de servicios relativos a la atención veterinaria de animales de compañía y mascotas en el área de las tecnologías de la información, desarrollo de software, desarrollo ingeneril, para atenciones centradas en el diagnóstico, procedimientos y tratamiento de animales. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios enteraron y pagaron en dinero en efectivo en la caja social, de la siguiente manera: a) don DIEGO ANDRÉS SOLARI MARTENS ha aportado la suma de $300.000.- pesos chilenos equivalente al 30% de los derechos sociales, b) don FRANCISCO ANTONIO SUÁREZ SALAS ha aportado la suma de $300.000.- pesos chilenos equivalente al 30% de los derechos sociales, c) don RAFAEL EDUARDO TORO VELASCO ha aportado la suma de $300.000.- pesos chilenos equivalente al 30% de los derechos sociales, y d) doña DANIELA PAZ GALAZ CAMPOS ha aportado la suma de $100.000.- pesos chilenos equivalente al 10% de los derechos sociales. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don DIEGO ANDRÉS SOLARI MARTENS, don FRANCISCO ANTONIO SUÁREZ SALAS y don RAFAEL EDUARDO TORO VELASCO, quienes actuando al menos dos de ellos conjuntamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que acuerden los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago de Chile 24 de noviembre de 2025.