Instrumento
- Fecha
- 20 de noviembre de 2025
- Notario
- MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades anónimas, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y, c) En general, todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro de cualquier forma, con lo ya señalado; d) y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida El Golf 99, oficina 101 B, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2025, ante mí, INVERSIONES LA GUITARRA SPA, debidamente representada por Ignacio León Navarro y MARÍA CECILIA NAVARRO HAEUSSLER, en su calidad de empresario individual, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: “Rentas Inmobiliarias SpA”, en adelante también, “la Sociedad”. Objeto: a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; b) la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades anónimas, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y, c) En general, todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro de cualquier forma, con lo ya señalado; d) y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá comprar, enajenar, y explotar los bienes y servicios que fueren necesarios, invertir las rentas obtenidas en cualquier tipo de negocio, e incluso participar en otras sociedades de cualquier clase y giro. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas acto escritura extractada, al contado y en dinero efectivo, de la siguiente forma: Inversiones La Guitarra SpA suscribió y pagó 334 acciones; y María Cecilia Navarro Haeussler suscribió y pagó 666 acciones. El capital se da por enteramente suscrito y pagado por la sociedad a su más entera y total satisfacción. Otros asuntos que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 26 de noviembre de 2025.- Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.