MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

M3 Inversiones SpA

RUT 77531851-1 CVE 2735271
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2025
Repertorio
1464-2025
Notario
Evelyn Carolina Sánchez Tapia
Oficio
44ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

Se establece que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a CESAR ANTONIO MEDEL LLANOS, quien de dicha manera la ejercerá con todas las facultades, atribuciones y prerrogativas que se expresan en la escritura de constitución, personalmente o mediante la designación de uno o más apoderados que efectuará por escritura pública, los cuales anteponiendo a su nombre la razón social de la sociedad, la representarán judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Santiago, 25 de noviembre de 2025, Evelyn Carolina Sánchez Tapia, Notario Público Titular de la 44ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Vitacura Nº 3724, comuna de Vitacura, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 20 de noviembre de 2025, ante mí, Repertorio N° 1464-2025, don César Antonio Medel Llanos, en representación de la sociedad M3 Inversiones SpA, complementó dicha sociedad por acciones estableciendo la administración de la manera que sigue: Administración: Se establece que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a CESAR ANTONIO MEDEL LLANOS, quien de dicha manera la ejercerá con todas las facultades, atribuciones y prerrogativas que se expresan en la escritura de constitución, personalmente o mediante la designación de uno o más apoderados que efectuará por escritura pública, los cuales anteponiendo a su nombre la razón social de la sociedad, la representarán judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2025. Evelyn Carolina Sánchez Tapia, Notario Público Titular, 44ª Notaría de Santiago.