INVERSIONES BUGANVILIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2025
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad en la forma indicada en la escritura extractada.- 5
Objeto social
El objeto de la sociedad será, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada con terceros: la realización y desarrollo de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; comprar, vender y arrendar todo tipo de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, la sociedad podrá realizar cualquier actividad que directa o indirectamente se relacione con los objetos antes referidos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- 4
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a (i) don Roberto Bendersky Assael actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; (ii) doña Irene Cecilia Furman Rosenzvit actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; y (iii) don Pablo Bendersky Furman, doña Alina Bendersky Furman, y doña Natalia Bendersky Furman actuando en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2025, ante mí: don PABLO BENDERSKY FURMAN, doña ALINA BENDERSKY FURMAN y doña NATALIA BENDERSKY FURMAN, todos domiciliados para estos efectos en Av. Las Condes N°11.700, Torre A, oficina 903, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: 1. Razón social: “INVERSIONES BUGANVILIA LIMITADA”, pudiendo utilizar también el nombre de fantasía “BUGANVILIA” o “BUGANVILIA LIMITADA”.- 2. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero.- 3. Objeto: El objeto de la sociedad será, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada con terceros: la realización y desarrollo de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; comprar, vender y arrendar todo tipo de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, la sociedad podrá realizar cualquier actividad que directa o indirectamente se relacione con los objetos antes referidos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- 4. Duración: La sociedad tendrá una duración de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad en la forma indicada en la escritura extractada.- 5. Capital: El capital social es la suma de $900.000, que se distribuye de la siguiente manera: a) don Pablo Bendersky Furman aportó la suma de $300.000, que pagará en la forma indicada en la escritura extractada; b) doña Natalia Bendersky Furman aportó la suma de $300.000, que pagará en la forma indicada en la escritura extractada; y c) doña Alina Bendersky Furman aportó la suma de $300.000, que pagará en la forma indicada en la escritura extractada. La responsabilidad personal de los socios por los negocios y obligaciones sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- 6. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a (i) don Roberto Bendersky Assael actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; (ii) doña Irene Cecilia Furman Rosenzvit actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; y (iii) don Pablo Bendersky Furman, doña Alina Bendersky Furman, y doña Natalia Bendersky Furman actuando en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada, no son materia de extracto. Santiago, 21 de noviembre de 2025.