CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES BUGANVILIA LIMITADA

CVE 2735129
Capital
$900.000 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2025
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2025
Notario
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$900.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad en la forma indicada en la escritura extractada.- 5

Objeto social

El objeto de la sociedad será, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada con terceros: la realización y desarrollo de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; comprar, vender y arrendar todo tipo de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, la sociedad podrá realizar cualquier actividad que directa o indirectamente se relacione con los objetos antes referidos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- 4

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a (i) don Roberto Bendersky Assael actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; (ii) doña Irene Cecilia Furman Rosenzvit actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; y (iii) don Pablo Bendersky Furman, doña Alina Bendersky Furman, y doña Natalia Bendersky Furman actuando en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de noviembre de 2025, ante mí: don PABLO BENDERSKY FURMAN, doña ALINA BENDERSKY FURMAN y doña NATALIA BENDERSKY FURMAN, todos domiciliados para estos efectos en Av. Las Condes N°11.700, Torre A, oficina 903, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos: 1. Razón social: “INVERSIONES BUGANVILIA LIMITADA”, pudiendo utilizar también el nombre de fantasía “BUGANVILIA” o “BUGANVILIA LIMITADA”.- 2. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero.- 3. Objeto: El objeto de la sociedad será, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada con terceros: la realización y desarrollo de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; comprar, vender y arrendar todo tipo de bienes muebles e inmuebles. Asimismo, la sociedad podrá realizar cualquier actividad que directa o indirectamente se relacione con los objetos antes referidos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- 4. Duración: La sociedad tendrá una duración de 30 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad en la forma indicada en la escritura extractada.- 5. Capital: El capital social es la suma de $900.000, que se distribuye de la siguiente manera: a) don Pablo Bendersky Furman aportó la suma de $300.000, que pagará en la forma indicada en la escritura extractada; b) doña Natalia Bendersky Furman aportó la suma de $300.000, que pagará en la forma indicada en la escritura extractada; y c) doña Alina Bendersky Furman aportó la suma de $300.000, que pagará en la forma indicada en la escritura extractada. La responsabilidad personal de los socios por los negocios y obligaciones sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- 6. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a (i) don Roberto Bendersky Assael actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; (ii) doña Irene Cecilia Furman Rosenzvit actuando en forma individual, ejerciendo todas las facultades de administración señaladas en los estatutos, sin limitación alguna; y (iii) don Pablo Bendersky Furman, doña Alina Bendersky Furman, y doña Natalia Bendersky Furman actuando en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada, no son materia de extracto. Santiago, 21 de noviembre de 2025.