Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 3522-2025
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Chillán, región del Ñuble
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) prestación de asesoría administrativa y jurídica de toda clase y en todas las ramas del derecho específicamente en derecho de aguas, medio ambiente, eléctrico, energético, sanitario, corporativo, inmobiliario; B) constituir y formar parte en toda clase de sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; C) compra, venta, arrendamiento y comercialización de bienes raíces y de derecho de aprovechamiento, sea sobre aguas superficiales o subterráneas; D) compra, venta, arrendamiento y comercialización, importación, exportación, fabricación y distribución de maquinaria, equipos, insumos y materiales vinculados a los rubros hídrico, ambiental, eléctrico o industrial; E) Diseño, proyección, instalación, mantención, reparación de sistemas de riego tecnificado, tales como riego por goteo, aspersión, pivote central, microaspersión o riego presurizado; y sistemas eléctricos, neumáticos e hidráulicos; F) ejecución y elaboración de pruebas de bombeo, aforos, estudios hidrogeológicos y de suelos, así como la perforación de pozos profundos para captación, monitoreo o estudios técnicos: G) instalación, operación y mantención de sistemas de telemetría, monitoreo y control aplicados al recurso hídrico; H) programación, operación, diagnóstico, calibración y análisis de fallas en controladores lógicos programables (PLC) y sistemas de control y)o medición industrial; H) optimización de procesos y consumo energético, bajo criterios de eficiencia, seguridad y cumplimiento normativo; I) La prestación y atención de terapias complementarias, alternativas, holísticas, diagnósticos, ocupacionales y de salud integral, además de tratamientos de acupuntura y terapias complementarias en general, que apunten a la mejoría, mantención o recuperación de la salud de las personas; y J) la realización de todos los actos contratos y convenciones que permitan materializar los giros antes indicados, y en general cualquier otra actividad o negocio relacionado con su giro en la actualidad o en el futuro
Administración
Corresponderá al administrador don CÉSAR ALEXIS JARA CASTRO, quien estará premunido de todas las facultades señaladas en la cláusula Décimo Segunda de la escritura que se extracta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA MARTIN GOMEZ, abogado, Notario Suplente del titular CÉSAR SUÁREZ SÁNCHEZ, de la Quinta Notaria de Chillán, con Oficio en Avda. Libertad número setecientos cuarenta y cuatro, de la ciudad de Chillán, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2025, anotada en el Repertorio N° 3522-2025, ante mí, CÉSAR ALEXIS JARA CASTRO, chileno, casado, técnico eléctrico, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos doce guión cuatro, con domicilio para estos efectos en calle Los Copihues número seiscientos sesenta y cinco, villa Los Campos de Doña Beatriz, comuna de Chillán, región del Ñuble constituyó Sociedad por Acciones: Nombre: ENERGY POZOBOS SpA.- Domicilio: ciudad de Chillán, región del Ñuble, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país, o del extranjero.- Objeto: El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) prestación de asesoría administrativa y jurídica de toda clase y en todas las ramas del derecho específicamente en derecho de aguas, medio ambiente, eléctrico, energético, sanitario, corporativo, inmobiliario; B) constituir y formar parte en toda clase de sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; C) compra, venta, arrendamiento y comercialización de bienes raíces y de derecho de aprovechamiento, sea sobre aguas superficiales o subterráneas; D) compra, venta, arrendamiento y comercialización, importación, exportación, fabricación y distribución de maquinaria, equipos, insumos y materiales vinculados a los rubros hídrico, ambiental, eléctrico o industrial; E) Diseño, proyección, instalación, mantención, reparación de sistemas de riego tecnificado, tales como riego por goteo, aspersión, pivote central, microaspersión o riego presurizado; y sistemas eléctricos, neumáticos e hidráulicos; F) ejecución y elaboración de pruebas de bombeo, aforos, estudios hidrogeológicos y de suelos, así como la perforación de pozos profundos para captación, monitoreo o estudios técnicos: G) instalación, operación y mantención de sistemas de telemetría, monitoreo y control aplicados al recurso hídrico; H) programación, operación, diagnóstico, calibración y análisis de fallas en controladores lógicos programables (PLC) y sistemas de control y/o medición industrial; H) optimización de procesos y consumo energético, bajo criterios de eficiencia, seguridad y cumplimiento normativo; I) La prestación y atención de terapias complementarias, alternativas, holísticas, diagnósticos, ocupacionales y de salud integral, además de tratamientos de acupuntura y terapias complementarias en general, que apunten a la mejoría, mantención o recuperación de la salud de las personas; y J) la realización de todos los actos contratos y convenciones que permitan materializar los giros antes indicados, y en general cualquier otra actividad o negocio relacionado con su giro en la actualidad o en el futuro.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida .- Capital: La suma de $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal.- Administración: Corresponderá al administrador don CÉSAR ALEXIS JARA CASTRO, quien estará premunido de todas las facultades señaladas en la cláusula Décimo Segunda de la escritura que se extracta.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Chillán, 26 de noviembre de 2025.