DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE YOGA, EXPERIMENTACIÓN Y CREACIÓN PERMANENTE EL PANGAL LIMITADA

RUT 76424007-3 CVE 2734945
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2025

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2025
Repertorio
1097-2025
Notario
ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA
Domicilio
Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
EDTUR SpA socio 77787751-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Abogada, Notario Público, Conservadora y Archivera Judicial Titular de esta ciudad, con oficio en Daniel Ortúzar Cuevas 621, Pichilemu, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 20 de Noviembre de 2025 y bajo el repertorio N°1097-2025, ante mí; Comparecieron doña Macarena Miranda Escobar, cédula de identidad N° 14.121.705-4; don Ignacio Martín Miranda Hiriart, cédula N° 9.762.817-K; y EDTUR SpA, Rol Único Tributario N° 77.787.751-8, estos dos últimos representados por don Sebastián Eugenio Miranda Hiriart, cédula N° 10.546.520-3, todos en su calidad de únicos socios de la sociedad “CENTRO DE YOGA, EXPERIMENTACIÓN Y CREACIÓN PERMANENTE EL PANGAL LIMITADA”, también denominada “MAESTRANZA YOGA EL PANGAL LTDA.” Los socios acordaron la disolución anticipada de la sociedad y su liquidación, procediendo a la adjudicación de los derechos que la sociedad y los socios poseían en los Lotes 3G y 3H ubicados en Pichilemu, según inscripciones individualizadas en la escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Pichilemu, a 26 de Noviembre del 2025.- Doy Fe.-