AEOLUS OTR TYRE CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 32185
- Notario
- RAUL GUSTAVO CASTILLO FERNANDEZ
- Domicilio
- doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| República Popular China | accionista | 59247380-1 | — | — | |
| AEOLUS OTR TYRE CHILE SpA | socio | 78050731-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAUL GUSTAVO CASTILLO FERNANDEZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, según decreto protocolizado en esta notaría de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco, certifico que: que por la escritura pública de 07 de noviembre de 2025, Repertorio Nº 32.185 del mismo año, ante doña Susana Belmonte Aguirre, compareció la sociedad AEOLUS TYRE CO. LTD, persona jurídica constituida y vigente conforme con las leyes de la República Popular China, RUT Nº 59.247.380-1, debidamente representada por el señor LIU BORAN, en calidad de única y actual accionista de AEOLUS OTR TYRE CHILE SpA, RUT Nº 78.050.731-4, quien manifestó su intención de modificar los Estatutos Sociales, en relación con el capital social, señalando que éste sólo se denominará en pesos; y disminuyéndolo en la suma de treinta y un mil doscientos setenta y dos pesos. Conforme a lo anterior, a contar de dicha fecha, el capital social se disminuye desde la suma de un millón ciento setenta mil setenta y dos pesos, dividido en mil acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de un millón ciento treinta y ocho mil ochocientos pesos. En atención a lo anterior, las mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, verán reducido su valor de manera proporcional. Asimismo, deja constancia de que el capital social ya ingresó a las arcas sociales. Como consecuencia de lo anterior, la accionista fundadora acuerda reemplazar el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos Sociales por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital social asciende a la suma de un millón ciento treinta y ocho mil ochocientos pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma establecida en los Artículos Transitorios de estos Estatutos”; y “Artículo Primero Transitorio: El capital social, que asciende a la cantidad de un millón ciento treinta y ocho mil ochocientos pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado por la accionista fundadora”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de noviembre de 2025.