CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PG LIMITADA

RUT 9907100-1 CVE 2734220
Capital
$8.840.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$8.840.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en materias gerenciales, financieras, de administración, comerciales, inmobiliarias, económicas, estratégicas, y de recursos humanos, para personas naturales o jurídicas; b) adquirir, efectuar y desarrollar toda clase de bienes, inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, administración, transferencia, enajenación y)o liquidación a cualquier título; c) la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá y será ejercida individualmente por doña DANIELA CAMILA GARCÍA GARCÍA o en forma conjunta por doña AMAYA PEÑA GARCÍA con una cualquiera de los socios doña PALOMA PEÑA GARCÍA, doña MAITE LUJÁN PEÑA GARCÍA o doña LOLA PEÑA GARCÍA, quienes actuando y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por r eproducidas una a una. DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. La sociedad tendrá un plazo de duración de 25 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de un año antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5841, comuna de La Reina, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 30 de septiembre de 2025, repertorio No. 55.892-2025, ante mí, doña AMAYA PEÑA GARCÍA, doña MAITE LUJÁN PEÑA GARCÍA, doña LOLA PEÑA GARCÍA y doña DANIELA CAMILA GARCÍA GARCÍA, quien actúa por sí y en representación de su hija menor de edad doña PALOMA PEÑA GARCÍA, todas domiciliadas para estos efectos en Cántaros casa 10, Salida Norte, comuna de Temuco, Región de la Araucanía y de paso en ésta, acordaron convertir la Empresa Unipersonal de don JUAN PABLO PEÑA PUIG, RUT No. 9.907.100-1, en conformidad a lo estipulado en los artículos 64 inciso 11 y 69 del Decreto Ley número 830 de 1974 sobre Código Tributario, constituyendo una sociedad civil de responsabilidad limitada, que se regirá por las normas de la Ley número 3.918 y sus modificaciones, y por las disposiciones del Código Civil y el Código de Comercio, en cuanto sean aplicables y, en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos sociales: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES PG LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “INVERSIONES PG LTDA.”. OBJETO SOCIAL. La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en materias gerenciales, financieras, de administración, comerciales, inmobiliarias, económicas, estratégicas, y de recursos humanos, para personas naturales o jurídicas; b) adquirir, efectuar y desarrollar toda clase de bienes, inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, administración, transferencia, enajenación y/o liquidación a cualquier título; c) la realización de todas aquellas actividades que fueren complementarias o anexas al giro principal, y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro. CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $8.840.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Doña AMAYA PEÑA GARCÍA, aporta la suma de $1.473.628.000, equivalentes al 16,67% del capital social. Dicha suma se suscribe y paga en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de los estatutos; b) doña PALOMA PEÑA GARCÍA, aporta la suma de $1.473.628.000, equivalentes al 16,67% del capital social. Dicha suma se suscribe y paga en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de los estatutos; c) doña MAITE LUJÁN PEÑA GARCÍA, aporta la suma de $1.473.628.000, equivalentes al 16,67% del capital social. Dicha suma se suscribe y paga en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de los estatutos; d) doña LOLA PEÑA GARCÍA, aporta la suma de $1.473.628.000, equivalentes al 16,67% del capital social. Dicha suma se suscribe y paga en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de los estatutos; y e) doña DANIELA CAMILA GARCÍA GARCÍA, aporta la suma de $2.945.488.000, equivalentes al 33,32% del capital social. Dicha suma se suscribe y paga en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de los estatutos. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá y será ejercida individualmente por doña DANIELA CAMILA GARCÍA GARCÍA o en forma conjunta por doña AMAYA PEÑA GARCÍA con una cualquiera de los socios doña PALOMA PEÑA GARCÍA, doña MAITE LUJÁN PEÑA GARCÍA o doña LOLA PEÑA GARCÍA, quienes actuando y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por r eproducidas una a una. DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. La sociedad tendrá un plazo de duración de 25 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de un año antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. DOMICILIO. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital INVERSIONES PG LIMITADA $8.840.000.000. - Santiago, 26 de noviembre de 2025.