INVERSIONES PETROHUE SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2025
- Notario
- Jaime Silva Sciberras
- Oficio
- Cuarta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES PETROHUE SpA | accionista | 76973028-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJaime Silva Sciberras, Notario Público titular de la Cuarta Notaría de Talca, con domicilio en 2 oriente 1140, Talca, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2025, ante mí: Horacio Alberto Mesa Albornoz, con domicilio en Fundo La Puerta sin número, San Javier y de paso en esta, en su calidad de único accionista, modifica estatutos de la sociedad INVERSIONES PETROHUE SpA, RUT N° 76.973.028-1, constituida por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2018, otorgada ante el Notario Público de Talca don Jaime Andrés Silva Sciberras y cuyo extracto quedó inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, a fojas 9, N°4 del año 2019.- Modificaciones: (I) MODIFICACION ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Este queda como sigue: “El Capital social de la sociedad Inversiones Petrohue SpA es de $50.000.000.- dividido en 1000 acciones sin valor nominal, totalmente suscrito y que se pagó y pagará. (a) La suma de $1.000.000.- ya pagados con anterioridad y (b) La suma de $49.000.000.-se deberá pagar en un plazo de cinco años contados desde la firma de la presente escritura pública que se suscribe en este acto”.- Este nuevo plazo de cinco años se otorga conforme a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio.- (II) MODIFICACIÓN Artículo Décimo, TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN que queda como sigue: “La administración y representación de la sociedad corresponderá a don HORACIO ALBERTO MESA ALBORNOZ, la que podrá ejercerla por sí solo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con las facultades que expresamente se les otorguen”.- En todo lo demás, queda vigente la misma clausula y las demás cláusulas de los estatutos sociales que da cuenta la escritura pública de constitución de la sociedad señalada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 26 noviembre 2025.