MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES PETROHUE SpA

RUT 76973028-1 CVE 2734310
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2025
Notaría
Talca

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2025
Notario
Jaime Silva Sciberras
Oficio
Cuarta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES PETROHUE SpA accionista 76973028-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jaime Silva Sciberras, Notario Público titular de la Cuarta Notaría de Talca, con domicilio en 2 oriente 1140, Talca, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2025, ante mí: Horacio Alberto Mesa Albornoz, con domicilio en Fundo La Puerta sin número, San Javier y de paso en esta, en su calidad de único accionista, modifica estatutos de la sociedad INVERSIONES PETROHUE SpA, RUT N° 76.973.028-1, constituida por escritura pública de fecha 10 de diciembre de 2018, otorgada ante el Notario Público de Talca don Jaime Andrés Silva Sciberras y cuyo extracto quedó inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, a fojas 9, N°4 del año 2019.- Modificaciones: (I) MODIFICACION ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Este queda como sigue: “El Capital social de la sociedad Inversiones Petrohue SpA es de $50.000.000.- dividido en 1000 acciones sin valor nominal, totalmente suscrito y que se pagó y pagará. (a) La suma de $1.000.000.- ya pagados con anterioridad y (b) La suma de $49.000.000.-se deberá pagar en un plazo de cinco años contados desde la firma de la presente escritura pública que se suscribe en este acto”.- Este nuevo plazo de cinco años se otorga conforme a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio.- (II) MODIFICACIÓN Artículo Décimo, TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN que queda como sigue: “La administración y representación de la sociedad corresponderá a don HORACIO ALBERTO MESA ALBORNOZ, la que podrá ejercerla por sí solo, o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con las facultades que expresamente se les otorguen”.- En todo lo demás, queda vigente la misma clausula y las demás cláusulas de los estatutos sociales que da cuenta la escritura pública de constitución de la sociedad señalada.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 26 noviembre 2025.