CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Don Pedro Limitada

RUT 15359254-3 CVE 2734194
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2025
Notario
FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS
Oficio
13° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago

Objeto social

Uno. La compra, venta, comercialización, enajenación y arrendamiento de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, derechos, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación. Dos. Desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza, especialmente las relacionadas con negocios inmobiliarios. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad. Podrá asumir representaciones comerciales de alguna especie. Tres: La compra, venta, arrendamiento o cualquier tipo de cesión del uso o tenencia de todo tipo de bienes muebles, en especial todo tipo de vehículos motorizados, de tipo personal, comercial, industrial o agrícola, la importación, exportación y distribución de todo tipo de partes, piezas y repuestos para los señalados bienes. Cinco: La realización de cualquier otro negocio o actividad que sea o se estime necesaria y)o conveniente para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en opción, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra clase de tenencia, toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, para lo cual la Sociedad podrá ejecutar los actos contractuales y celebrar todos los actos jurídicos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia ante terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, con amplias facultades indicadas en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Que mediante publicación de fecha 15 de noviembre de 2025, se publicó la constitución de la sociedad Don Pedro Limitada en el siguiente tenor: PABLO JOSÉ HALES BESELER, Titular 13° Notaría Santiago, Avenida Padre Hurtado Sur 875 local 1054, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de noviembre de 2025, ante FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS Abogado, Notario Suplente en la 13° Notaría Santiago, Don DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ, casado, cédula de identidad 15.359.254-3, abogado, y don PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE, casado, cédula de identidad 19.244.957-K, abogado, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio norte 1090, oficina 602, Vitacura; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES DON PEDRO”, nombre de fantasía “DON PEDRO LTDA” Objeto: Uno. La compra, venta, comercialización, enajenación y arrendamiento de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, derechos, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación. Dos. Desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza, especialmente las relacionadas con negocios inmobiliarios. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad. Podrá asumir representaciones comerciales de alguna especie. Tres: La compra, venta, arrendamiento o cualquier tipo de cesión del uso o tenencia de todo tipo de bienes muebles, en especial todo tipo de vehículos motorizados, de tipo personal, comercial, industrial o agrícola, la importación, exportación y distribución de todo tipo de partes, piezas y repuestos para los señalados bienes. Cinco: La realización de cualquier otro negocio o actividad que sea o se estime necesaria y/o conveniente para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en opción, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra clase de tenencia, toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, para lo cual la Sociedad podrá ejecutar los actos contractuales y celebrar todos los actos jurídicos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia ante terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, con amplias facultades indicadas en la escritura. Capital social: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ entera el equivalente al ochenta por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón seiscientos mil pesos, que entera y paga a la caja social en este acto y en dinero en efectivo, y B) PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE entera el equivalente al veinte por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatrocientos mil pesos, montos íntegramente suscritos y pagados en la forma que se indica en la escritura. Duración de la sociedad: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 10 de noviembre de 2025. Que, producto de un error involuntario en la singularización de la razón social al no haber incluido la palabra "LIMITADA", se viene en rectificar la publicación anterior agregando la palabra que faltaba en la razón social, quedando del siguiente tenor: FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS, Notario Público Suplente de la 13° Notaría Santiago, con domicilio en Avenida Padre Hurtado Sur 875 local 1054, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de noviembre de 2025, ante mí, don DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ, casado, cédula de identidad 15.359.254-3, abogado, y don PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE, casado, cédula de identidad 19.244.957-K, abogado, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio norte 1090, oficina 602, Vitacura; constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES DON PEDRO LIMITADA”, nombre de fantasía “DON PEDRO LTDA” Objeto: Uno. La compra, venta, comercialización, enajenación y arrendamiento de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, derechos, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación. Dos. Desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza, especialmente las relacionadas con negocios inmobiliarios. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad. Podrá asumir representaciones comerciales de alguna especie. Tres: La compra, venta, arrendamiento o cualquier tipo de cesión del uso o tenencia de todo tipo de bienes muebles, en especial todo tipo de vehículos motorizados, de tipo personal, comercial, industrial o agrícola, la importación, exportación y distribución de todo tipo de partes, piezas y repuestos para los señalados bienes. Cinco: La realización de cualquier otro negocio o actividad que sea o se estime necesaria y/o conveniente para el cumplimiento de su objeto social, pudiendo adquirir o enajenar, a cualquier título, dar y tomar en opción, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra clase de tenencia, toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, para lo cual la Sociedad podrá ejecutar los actos contractuales y celebrar todos los actos jurídicos conducentes a estos fines, sin que sea necesario acreditar esta circunstancia ante terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, con amplias facultades indicadas en la escritura. Capital social: El capital de la Sociedad es la cantidad de dos millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) DANIEL IGNACIO OKSENBERG GONZALEZ entera el equivalente al ochenta por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón seiscientos mil pesos, que entera y paga a la caja social en este acto y en dinero en efectivo, y B) PAUL ANDRES NUMHAUSER BUSTAMANTE entera el equivalente al veinte por ciento del capital social, mediante el aporte de cuatrocientos mil pesos, montos íntegramente suscritos y pagados en la forma que se indica en la escritura. Duración de la sociedad: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 24 de noviembre de 2025.