Inmobiliaria Vergara Vega Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de octubre de 2025
- Repertorio
- 1541-2025
- Notario
- RENE MARCELO ARRIGADA BASAUR
- Oficio
- la Décimo Primera Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRENE MARCELO ARRIGADA BASAUR, abogado y notario público titular la Décimo Primera Notaria de Concepción, oficio en calle Cochrane n° 829, certifico que, ante mí, por escritura pública de 27 de octubre de 2025, repertorio n° 1.541-2025, Pascual Emérito Vergara Vergara, domiciliado en calle Bulnes 641, Concepción y Eduardo Antonio Vergara Vega, domiciliado en calle José Domingo Cañas 1980, departamento 1002, Ñuñoa, Santiago, por sí y en representación de Jorge Abel Vergara Vega y Gabriela Oriana Vergara Vega, ambos domiciliados en calle Bulnes número 641, Concepción, modificaron el estatuto social de Inmobiliaria Vergara Vega Limitada, rut 78.611.600-7, capital social $50.000.000.- constituida por escritura pública de 13 de agosto de 1994, otorgada ante notario público de Concepción don Julio Kunkar Silhi, suplente del titular Francisco Molina Valdés, extracto inscrito a fjs. 1.445vta n° 1.178 en el Registro de Comercio de Concepción correspondiente al año 1994, de la siguiente manera: 1.- Pascual Emerito Vergara Vergara vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la sociedad de la siguiente manera: A) a Jorge Abel Vergara Vega, le cede un tercio, en la suma de $5.000.000.- que se paga al contado y en dinero efectivo, declarando que los recibe a su entera satisfacción. B) a Gabriela Oriana Vergara Vega le cede un tercio, en la suma de $5.000.000.- que se paga al contado y en dinero efectivo, declarando que los recibe a su entera satisfacción. C) a Eduardo Antonio Vergara Vega le cede un tercio en la suma $5.000.000.- que se paga al contado y en dinero efectivo, declarando que los recibe a su entera satisfacción. Quedan como socios actuales de la sociedad Jorge Abel Vergara Vega, Gabriela Oriana Vergara Vega y Eduardo Antonio Vergara Vega, cada uno con un tercio de interés en el capital social. 2.- Los socios actuales modifican clausula sexta del estatuto social y designan como administrador a Pascual Emérito Vergara Vergara y a Eduardo Antonio Vergara Vergara, quienes actuarán por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, representarán cada uno a la sociedad con las más amplias facultades en forma individual pudiendo obligarla en toda clase de actos y ejercitar las atribuciones que se indican en la cláusula citada. 3.- Las partes modifican la cláusula décimo tercera y designan como árbitro arbitrador a la abogada doña Daniella Giovanna Boero Gasparini. En lo no modificado continuará vigente la escritura de constitución de la sociedad. Concepción, 24 de noviembre de 2025.