MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IGK SpA

RUT 76975621-3 CVE 2734818
Capital
$94.840.535 CLP
Fecha instrumento
21 de octubre de 2025
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
21 de octubre de 2025
Repertorio
59331-2025
Notario
Pablo Martínez Loaiza
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$94.840.535 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo Martínez Loaiza, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con domicilio en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, Región Metropolitana: Que, por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2025, ante mí, bajo el Repertorio N°59.331-2025, don Cristián Andrés Goldberg Aichele, en su calidad de único y actual accionista de la sociedad IGK SpA (la “Sociedad”), acordó aumentar el capital social de la Sociedad de la suma de $94.840.535, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $196.532.183, dividido en 2.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie. Este aumento de capital ascendente a la suma de $101.691.648, se efectuó mediante la emisión de 1.000 nuevas acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie, las cuales fueron íntegramente suscritas por el accionista don Cristián Andrés Goldberg Aichele, quien pagó a la fecha de la escritura pública extractada la suma de $1.691.648, quedando pendiente de pago el saldo de $100.000.000, el cual deberá ser enterado en dinero efectivo o con otros bienes dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de la escritura pública extractada. El Notario que suscribe certifica que el Accionista, a la fecha de la escritura pública extractada y a la fecha de hoy, era y es el único y exclusivo titular de la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad, según consta en el Registro de Accionistas de ésta. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura pública extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Portador de este extracto quedó facultado para proceder con su legalización. Santiago, 21 de noviembre de 2025, Pablo Martínez Loaiza, Notario Público.