CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES ALBA DOS CHICUREO LIMITADA

CVE 2733908
Fecha instrumento
3 de octubre de 2025
Notaría
Huechuraba

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2025
Comuna
Huechuraba

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada el 3 de octubre de 2025 ante mí, Daniel Esteban Calderón Larraín, domiciliado en Villaseca 1003, casa i, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; Marta Andrea Vásquez Montero, domiciliada en Santa Cecilia interior, Parcela 3 z 1, comuna de Colina, Región Metropolitana; Loreto Alejandra Gálvez Villella, domiciliada en Las Tórtolas 3110, comuna de Colina, Región Metropolitana; Lorena Alejandra Ros Galdámes, domiciliada en condominio Las Campiñas de Chicureo Sur, casa 25 X, comuna de Colina, Región Metropolitana; Patricia Alejandra Aitken Saavedra, domiciliada en Condominio Las Canteras, Parcela 11, comuna de Colina, Región Metropolitana; Paulina Erbetta Mattig, domiciliada en Avenida Raúl Labbé 12720, departamento 61 C, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y Andrea Elizabeth Meléndez Muñoz, domiciliada en Villaseca 1003, casa i, comuna Ñuñoa, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES ALBA DOS CHICUREO LIMITADA -constituida como Inversiones Calderón, Erbetta, Gálvez Y Vásquez Limitada por escritura pública otorgada el 1 de septiembre de 2014 en la 43a. Notaría de Santiago ante suplente de titular Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fojas 78.234 número 41.598 del Registro de Comercio de Santiago año 2014, y publicada en el Saavedra vende 50% de sus derechos a Loreto Alejandra Galvez Villella, quien los compra en precio pactado y pagado, quedando como únicos socios: a) Daniel Esteban Calderón Larraín con el 25% del total de los derechos sociales; b) Marta Andrea Vásquez Montero con el 25% del total de los derechos sociales; c) Loreto Alejandra Gálvez Villella con el 25% de los derechos sociales; d) Lorena Alejandra Ros Galdames con el 10% de los derechos sociales; e) Doña Andrea Elizabeth Meléndez Muñoz con el 10% de los derechos sociales, y f) Paulina Erbetta Mattig con el 5% de los derechos sociales. Únicos socios modifican cláusula séptima de la escritura de constitución de la sociedad, relativa a la administración, que queda: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, esto es, a) Daniel Esteban Calderón Larraín; b) Marta Andrea Vásquez Montero; c) Loreto Alejandra Gálvez Villella; d) Lorena Alejandra Ros Galdames; e) Andrea Elizabeth Meléndez Muñoz, y f) Paulina Erbetta Mattig, quienes administrarán a la sociedad y harán uso de la razón social en forma indistinta anteponiendo a sus firmas la razón social con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes estipuladas. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 4 de noviembre de 2025.