Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2025
- Notario
- CLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE
- Domicilio
- y Archivero Judicial de San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO BARRENA EYZAGUIRRE, Notario Público y Archivero Judicial de San Miguel, Gran Av. J. M. Carrera 2572, San Miguel, Certifica: Por escritura pública de fecha 17-11-2025, ante mí. Doña SENDY ALEJANDRA URRUTIA CURILEN, constituye sociedad por acciones de aquellas reguladas por las disposiciones del Párrafo 8º del Título VII del Libro II del Código de Comercio que regula las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades, la Sociedad se regirá por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Nombre será: JEHO VARIEDADES SpA. Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la confección, diseño, fabricación, importación, exportación, compra, venta al por mayor y al detalle, distribución y comercialización-presencial y mediante medios electrónicos o plataformas digitales-de prendas de vestir, calzado, accesorios de moda, marroquinería y artículos textiles para el hogar; (b) la representación, agencia, distribución y consignación de marcas nacionales y extranjeras; (c) la prestación de servicios de personalización, estampado, bordado, diseño y desarrollo de productos textiles; (d) la explotación de establecimientos comerciales, tiendas físicas, canales de comercio electrónico y marketplaces, propios o de terceros; (e) la organización, otorgamiento y adquisición de franquicias y licencias, así como la adquisición, explotación y cesión de derechos de propiedad intelectual, marcas, modelos y nombres de dominio relacionados; (f) la importación, comercialización y arriendo de insumos, maquinarias, software y equipamiento asociados a las actividades anteriores; (g) servicios de logística, bodegaje y transporte de mercaderías propias o de terceros vinculados a su giro; y (h) la inversión, participación y asociación en otras sociedades o negocios con objeto igual, similar o complementario. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar toda clase de actos y contratos lícitos, civiles o mercantiles, incluyendo sin limitarse a la adquisición, enajenación, arrendamiento y gravamen de bienes muebles e inmuebles; recibir y otorgar préstamos, créditos y garantías; emitir títulos y valores permitidos por la ley; y, en general, ejecutar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con su objeto. La sociedad podrá desarrollar sus actividades en Chile y en el extranjero, por sí o por medio de terceros. Con exclusión de aquellas actividades reservadas por ley a entidades sometidas a regulación especial. Capital: $1.000.000 (UN MILLÓN DE PESOS), dividido en CIEN acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en documento extractado. San Miguel, 17 de Noviembre de 2025.