INMOBILIARIA E INVERSIONES PASCUAL SUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2025
- Repertorio
- 51188
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $318.037 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, según consta en escritura extractada. Demás acuerdos constan en escritura extractada
Objeto social
a) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, títulos de crédito y valores mobiliarios en general; b) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, parcelación, subdivisión, construcción y urbanización, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones; c) La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y, d) La realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de señores Héctor Damián Aguilar Carvallo, Diego Alejandro Aguilar Izquierdo, Macarena Carolina Aguilar Izquierdo, Trinidad Monserrat Aguilar Izquierdo y María Piedad Aguilar Izquierdo. Estas designaciones no son esenciales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico: que, por escritura pública otorgada con fecha 2 de octubre de 2025, Repertorio 51.188, ante mí, Inversiones Don Damián Limitada y Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Aguilar Y Compañía Limitada, ambos Avenida Santa Clara 301, oficina 7.801, Huechuraba, Región Metropolitana, dividieron y modificaron INMOBILIARIA E INVERSIONES AGUILAR IZQUIERDO LIMITADA, inscrita en Registro de Comercio de Santiago a fojas 24.671, número 19.933 del año 1995 (la “Sociedad”) y constituyeron una nueva sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos paso a extractar. Razón social: INMOBILIARIA E INVERSIONES PASCUAL SUR LIMITADA. Domicilio: Santiago. Objeto: a) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, títulos de crédito y valores mobiliarios en general; b) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, parcelación, subdivisión, construcción y urbanización, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones; c) La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; y, d) La realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de señores Héctor Damián Aguilar Carvallo, Diego Alejandro Aguilar Izquierdo, Macarena Carolina Aguilar Izquierdo, Trinidad Monserrat Aguilar Izquierdo y María Piedad Aguilar Izquierdo. Estas designaciones no son esenciales. Capital: $318.037.267 íntegramente enterado por socios como sigue: i) Inversiones Don Damián Limitada, $3.180.373; y, ii/ Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Aguilar y Compañía Limitada, $314.856.894. Duración: La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, según consta en escritura extractada. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2025.