AGRÍCOLA EL MAITENAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2025
- Repertorio
- 99090/2025
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública otorgada en esta Notaría con fecha 30 de octubre de 2025, bajo el repertorio N°99.090/2025, comparecieron ante mí, doña María Eliana Del Carmen del Río Phillips, Inversiones San Felipe Limitada, don Pablo, doña María Del Pilar, don Andrés, don Fernando, y doña Alejandra, todos de apellidos Iacobelli Del Río, con domicilio para estos efectos en Isidora Goyenechea N°2800, piso 43, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada denominada AGRÍCOLA EL MAITENAL LIMITADA, Rut N° 79.666.050-3, inscrita a fojas 90, N°54 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Felipe, correspondiente al año 1986, (en adelante la “Sociedad”) correspondiente al año 1986, quienes acordaron lo siguiente: UNO/ Consentir en el retiro de la socia doña María Eliana Del Carmen del Río Phillips de la Sociedad, quien donó, cedió y transfirió, a título de legítima y de mejoras, en forma gratuita e irrevocable, la totalidad de los derechos sociales de que era titular en la Sociedad, representativos de un 40,8% de los derechos sociales, a los siguientes donatarios (en adelante, los “Donatarios”): don Pablo, doña María Del Pilar, don Andrés, don Fernando, y doña Alejandra, todos de apellidos Iacobelli Del Río; a doña María Cecilia, don Pablo, doña Catalina, don Antonio, don Cristóbal, doña Amelia, don Ignacio, don Diego, y doña Lucia, todos de apellidos Iacobelli Ovalle; doña Florencia, doña Rosario, don Raimundo, y don Domingo, todos de apellidos Vergara Iacobelli; don Andrés, don Matías, doña María Emilia, doña Josefa, y doña Ana todos de apellidos Iacobelli Etcheberry; doña María Teresa, don Fernando, doña Alicia, doña Trinidad, doña Sara, y don Osvaldo, todos de apellidos Iacobelli Barros; y a doña Antonia, don Tomás, don Joaquín, y doña Josefina, todos de apellidos Vergara Iacobelli, todos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea N°2800, piso 43, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. La referida donación fue autorizada por sentencia judicial de fecha 23 de julio de 2025, pronunciada por el 7° Juzgado Civil de Santiago. A su vez, los Donatarios, comparecientes en la escritura pública extractada, aceptaron expresamente la donación efectuada por doña María Eliana Del Carmen del Río Phillips e ingresaron como socios a la Sociedad, con el consentimiento unánime y expreso de los demás socios. Como consecuencia de la donación anterior, se deja constancia que los únicos y exclusivos socios de la Sociedad son Inversiones San Felipe Limitada, Pablo, María del Pilar, Andrés, Fernando y Alejandra, todos de apellido Iacobelli del Río; Maria Cecilia, Pablo, Catalina, Antonio, Cristóbal, Amelia, Ignacio, Diego y Lucía, todos de apellido Iacobelli Ovalle; Florencia, Rosario, Raimundo y Domingo todos de apellido Vergara Iacobelli; Andrés, Matías, María Emilia, Josefa y Ana todos de apellido Iacobelli Etcheberry; María Teresa, Fernando, Alicia, Trinidad, Sara y Osvaldo todos de apellido Iacobelli Barros; y Antonia, Tomás, Joaquín, y Josefina todos de apellido Vergara Iacobelli; y DOS/ Con razón del acuerdo indicado en el numeral Uno/ anterior, se sustituye la Clausula Quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “CLAUSULA QUINTA: El capital de la Sociedad es la suma de doscientos noventa y nueve millones de pesos, que ha sido íntegramente aportado y que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) a Inversiones San Felipe Limitada, el equivalente al diez coma siete por ciento de los derechos sociales; b) a cada uno de don Pablo, doña María del Pilar, don Andrés, don Fernando y doña Alejandra, todos de apellidos Iacobelli del Río, el equivalente al trece coma setenta y ocho por ciento de los derechos sociales; c) a cada uno de doña Maria Cecilia, don Pablo, doña Catalina, don Antonio, don Cristóbal, doña Amelia, don Ignacio, don Diego, y doña Lucía, todos de apellidos Iacobelli Ovalle, el equivalente al cero coma cuatro cinco tres tres por ciento de los derechos sociales; d) a cada uno de doña Florencia, Rosario, Raimundo, y Domingo, todos de apellidos Vergara Iacobelli, el equivalente al uno coma cero dos por ciento de los derechos sociales; e) a cada uno de don Andrés, don Matías, doña María Emilia, doña Josefa, y doña Ana, todos de apellidos Iacobelli Etcheberry, el equivalente al cero coma ocho uno seis por ciento de los derechos sociales; f) a cada uno de doña María Teresa, don Fernando, doña Alicia, doña Trinidad, doña Sara y don Osvaldo, todos de apellidos Iacobelli Barros, el equivalente al cero coma sesenta y ocho por ciento de los derechos sociales; g) a cada uno de doña Antonia, don Tomás, don Joaquín y doña Josefina, todos de apellidos Vergara Iacobelli el equivalente al uno coma cero dos por ciento de los derechos sociales. Los socios están de acuerdo en redondear en un máximo de cuatro decimales su porcentaje de participación en la Sociedad”. TRES/ Se modificó la administración, de manera que la administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a los señores Pablo Iacobelli del Río, Andrés Iacobelli del Río, Fernando Iacobelli del Río y doña Maria Eliana del Río Phillips, quienes actuando cualesquiera dos de ellos conjuntamente, y anteponiendo su firma a la razón social, representaran a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, indicadas en la cláusula séptima de los estatutos sociales. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2025. Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Santiago.