MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD TEXTIL CALESA LIMITADA

RUT 76242957-8 CVE 2732175
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2025
Repertorio
1443-2025
Notario
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
Oficio
44° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MODIFICACION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "SOCIEDAD TEXTIL CALESA LIMITADA" EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de la 44° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Vitacura N° 3724, comuna de Vitacura, certifica: Por escritura pública del día 17 de noviembre de 2025, repertorio 1443-2025, ante mí; doña LEYLA SOFÍA MANZUR HOUDELY, chilena, soltera, comerciante, cédula de identidad número diecisiete millones ochenta y cinco mil seiscientos veintiuno guion K, domiciliada en esta ciudad, en Avenida Cristóbal Colón número tres mil trescientos sesenta y seis, departamento novecientos nueve, comuna de Las Condes; don GERMÁN CÉSAR MANZUR ABDALA, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad número cuatro millones ochocientos dieciocho mil doscientos treinta y tres guion K, domiciliado en esta ciudad, en Avenida Cristóbal Colón número tres mil trescientos sesenta y seis, departamento novecientos nueve, comuna de Las Condes, y don ENRIQUE DEL CARMEN TAPIA GALLARDO, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad número once millones novecientos cuarenta y un mil novecientos diecinueve guion cero, domiciliado en esta ciudad, en calle Chaitén número seiscientos ochenta y tres, comuna de Estación Central; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD TEXTIL CALESA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y siete guion ocho, la que fuera constituida por escritura pública otorgada con fecha doce de enero del año dos mil doce, ante don Jaime Morandé Orrego, Notario Público Titular de la Décimo Séptima Notaría de Santiago, por don GERMAN ADOLFO MANZUR GUEVARA, don GERMÁN CÉSAR MANZUR ABDALA, y doña LEYLA SOFÍA MANZUR HOUDELY, mediante el aporte de un veinticinco y cinco por ciento del capital social el primero, del cincuenta por ciento del capital social el segundo, y del veinticinco y cinco por ciento del capital social la tercera, una sociedad de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “SOCIEDAD TEXTIL CALESA LIMITADA”, nombre de fantasía “CALESA LTDA”, con un capital social de dos millones de pesos, y cuyo extracto se inscribió a fojas sesenta y ocho mil novecientos número cuarenta y siete mil novecientos cincuenta del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil doce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Por medio del instrumento extractado, doña LEYLA SOFÍA MANZUR HOUDELY, vende, cede y transfiere el veinticuatro por ciento del total de los derechos sociales; al compareciente don GERMÁN CÉSAR MANZUR ABDALA, quien declara comprarlos para sí, a su entera conformidad, en el precio único y total de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL PESOS que el comprador paga a la vendedora en este acto de contado y en dinero efectivo y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, dándose por íntegramente pagado el precio, declarando las partes que nada se adeudan por ningún concepto. También doña LEYLA SOFÍA MANZUR HOUDELY vende, cede y transfiere el uno por ciento del total de los derechos sociales; al compareciente don ENRIQUE DEL CARMEN TAPIA GALLARDO, quien declara comprarlos para sí, a su entera conformidad, en el precio único y total de VEINTE MIL PESOS que el comprador paga a la vendedora en este acto de contado y en dinero efectivo y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, dándose por íntegramente pagado el precio, declarando las partes que nada se adeudan por ningún concepto. En consecuencia, la participación de los socios queda distribuida de la siguiente forma: don GERMÁN CÉSAR MANZUR ABDALA, con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, y don ENRIQUE DEL CARMEN TAPIA GALLARDO, con el uno por ciento restante del haber social; dejando doña LEYLA SOFÍA MANZUR HOUDELY de pertenecer a la sociedad. En todo lo no modificado rige plenamente el estatuto social contenido en escritura de constitución descrita precedentemente.- Capital social asciende a DOS MILLONES DE PESOS. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2025. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular.