INVERSIONES REINIKE DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 2351
- Comuna
- Santiago
Objeto social
”. En todo lo no modificado rigen íntegramente los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA MARIEL CASTRO MORALES, Abogada, Notario Suplente del Titular don GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, según Decreto debidamente Protocolizado, con asiento en la comuna de Peñalolén, domiciliado en Avenida Quilín N°5283, certifico que: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2025, repertorio N° 2351, otorgada ante mí: INVERSIONES CORDILLERA SpA, Rol Único Tributario número 77.402.030-6; Mario Reinike Lorenzini, cédula nacional de identidad número 10.557.716- 8; INVERSIONES MITI MITI SpA, Rol Único Tributario número 77.401.410-1 y Christian Armin Reinike Lorenzini, cédula nacional de identidad número 10.557.715-K, todos domiciliados en Loteo Industrial Los Libertadores, Carretera General San Martín dieciséis mil quinientos, Sitio veintitrés, comuna de Colina, Región Metropolitana, acordaron la modificación de la sociedad “INVERSIONES REINIKE DOS LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.414.115-6, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 80.960 Número 49.385 del Año 2014. Se modificó el artículo tercero de los estatutos sociales relativo al objeto social por el siguiente: “TERCERO: El objeto social será la inversión por cuenta propia o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones o derechos, activos financieros u otras formas o instrumentos de inversión; la adquisición, arrendamiento y explotación en general de bienes raíces a cualquier título, por cuenta propia o ajena, la administración de dichos bienes y la percepción de sus frutos; y en general, realizar todos los actos y contratos que los socios acuerden y/o digan relación directa o indirecta con el objeto social.”. En todo lo no modificado rigen íntegramente los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2025.