Diesel Orellana SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 3565-2025
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Independencia
- Comuna
- Renca
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Administración
- ARTÍCULO QUINTO: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MARÍA PAZ ORELLANA MORENO y a doña MARÍA CECILIA MORENO AUSTENRITT, quienes, actuando en forma conjunta, indistinta, separada o independientemente, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social”. En todo lo demás, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta de escritura pública de cuatro de agosto del año dos mil veintidós, ante don Francisco José Hollmann Ovalle, Notario Público titular de la Primera Notaría de Renca, y su modificación de estatutos y compraventa de acciones, por escritura pública de cinco de enero de dos mil veintitrés, ante doña Evelyn Carolina Sánchez Tapia, Notario Público titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Notario Público Titular de la Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Independencia, domiciliado en Avenida Independencia Nº 873, Independencia, CERTIFICO: Que por escritura pública, otorgada con fecha 10 de noviembre de 2025, bajo el repertorio N°3565-2025, ante mí, Comparecen: MARÍA CECILIA MORENO AUSTENRITT, chilena, viuda, comerciante, cédula de identidad Nº 7.497.440-6, y doña MARÍA PAZ ORELLANA MORENO, chilena, soltera, comunicadora audiovisual, cédula de identidad Nº 17.145.130-2; en su carácter de representantes y únicas y actuales socias de la sociedad DIESEL ORELLANA SpA, del giro taller mecánico automotriz diésel, R.U.T. Nº 77.635.006-0; todos con domicilio en Avenida Francia Nº 1532, comuna de Independencia, Región Metropolitana; procedieron a sanear el vicio formal del que adolecía la sociedad DIESEL ORELLANA SpA relativo a la falta u omisión de publicación e inscripción del extracto de escritura pública de modificación y/o complementación, conforme a lo que sigue: PRIMERO: Que, con fecha 04 de junio de 2025, ante notario público titular de la notaría de Santiago con asiento en la comuna de Independencia, don Alejandro Javier Guerra Pinto, se extendió escritura pública de modificación y/o complementación de la sociedad por acciones “DIESEL ORELLANA SpA”, repertorio número 1563-2025, con el propósito reemplazar el ARTÍCULO QUINTO del TÍTULO TERCERO de la Escritura de Constitución, por el siguiente “TÍTULO TERCERO: De la Administración.- ARTÍCULO QUINTO: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MARÍA PAZ ORELLANA MORENO y a doña MARÍA CECILIA MORENO AUSTENRITT, quienes, actuando en forma conjunta, indistinta, separada o independientemente, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social”. En todo lo demás, sigue rigiendo inalterado el pacto social que consta de escritura pública de cuatro de agosto del año dos mil veintidós, ante don Francisco José Hollmann Ovalle, Notario Público titular de la Primera Notaría de Renca, y su modificación de estatutos y compraventa de acciones, por escritura pública de cinco de enero de dos mil veintitrés, ante doña Evelyn Carolina Sánchez Tapia, Notario Público titular de la Cuadragésima Cuarta Notaría de Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se tuvo a la vista Registro de Accionistas de la Sociedad donde consta que, a la fecha, doña MARÍA PAZ ORELLANA MORENO, es dueña y titular de quinientas acciones de la sociedad, y doña MARÍA CECILIA MORENO AUSTENRRIT es dueña y titular de quinientas acciones de la sociedad. El extracto de la escritura pública antes individualizada, por una omisión involuntaria, no fue debidamente inscrito ni publicado dentro del plazo legal. SEGUNDO: Que, conforme lo dispuesto en los artículos 426, 427 y 428 del Código de Comercio y las disposiciones de la ley 19.499, las comparecientes, en este acto, vienen en sanear la sociedad de nombre “DIESEL ORELLANA SpA”, en virtud del vicio formal relativo a la falta u omisión de publicación e inscripción fuera de plazo legal del extracto de la escritura pública de modificación y/o complementación de los estatutos de la sociedad en cuestión. Asimismo, las comparecientes ratifican todos los actos y contratos que DIESEL ORELLANA SpA haya realizado en el tiempo intermedio. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, Independencia, a 19 de noviembre de 2025.