MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL BLANCO Y DOMINGUEZ LIMITADA

RUT 77438001-9 CVE 2731611
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2025
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2025
Notario
Paulina Celis Maggi
Oficio
Interina de la Segunda Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Paulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2025, ante la Notario Suplente doña Nicole Parra Apablaza, don MATIAS IGNACIO DOMINGUEZ BLANCO, domiciliado en calle Espoz 2326, departamento 31, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don JORGE GIULIANNO BLANCO ROSSI, domiciliado en calle Albacete 4420, departamento 62, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y, doña CARMEN PATRICIA BLANCO RIEUTORD, domiciliada en calle Espoz 2326, departamento 31, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modifican sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL BLANCO Y DOMINGUEZ LIMITADA”, constituida 10/08/2021, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, extracto inscrito a fojas 63168, Nº 29396, Registro Comercio Santiago año 2021, publicado ROSSI, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 50% del capital social, y de los cuales es dueño, de la siguiente manera: a) Vende, cede y transfiere el 45% de los derechos totales de la sociedad a don MATIAS IGNACIO DOMINGUEZ BLANCO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $90.000, que el cesionario paga en este acto al contado y en dinero en efectivo al cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción; y b) Vende, cede y transfiere el 5% de los derechos totales de la sociedad a doña CARMEN PATRICIA BLANCO RIEUTORD, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $10.000, que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero en efectivo al cedente, quien a su vez declara recibirlos conforme y a su entera satisfacción.- Quedan como únicos socios Matías Ignacio Domínguez Blanco, con 95% derechos sociales y Carmen Patricia Blanco Rieutord, con 5% derechos sociales; quienes modifican cláusulas Cuarta, referente a la administración; y Quinta, referente al capital social, por las siguientes: “CUARTO: Administración, representación y uso razón social corresponderá a don MATIAS IGNACIO DOMINGUEZ BLANCO, quien anteponiendo su firma a la razón social, estará investido con amplias facultades.”; y “QUINTO: Capital social $1.000.000, que socios aportan y enteran como sigue: a) Matías Ignacio Domínguez Blanco, aporta y entera la suma de $950.000, equivalentes al 95% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; y b) Carmen Patricia Blanco Rieutord, aporta y entera la suma de $50.000, equivalentes al 5% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social.”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 19 de Noviembre de 2025.