Sociedad de Profesionales en Asesorías Tributarias y Contables Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de marzo de 2025
- Repertorio
- 4188-2025
- Notario
- DORA SILVA LETELIER
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE | socio | 16357040-8 | — | — | |
| DIEGO ALFONSO NECOCHEA CALVO | socio | 19308436-2 | — | — | |
| PABLA LORENA CALVO BENAVENTE | socio | 10263674-0 | — | — | |
| VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE | socio | 8895098-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDORA SILVA LETELIER, Notario Público de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, doña ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, CINº 16.357.040-8, domiciliada en avenida Nueva Tajamar Nº 481, Torre Norte, oficina 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, por sí misma y en representación de don PABLO ANTONIO RODRIGUEZ MORILLO, CI extranjeros Nº26.426.775-7, con domicilio en calle Sebastián Elcano Nº 3387, departamento Nº 1305, comuna Las Condes, Región Metropolitana; de doña ANGELA TRINA RODRIGUEZ MORILLO, CI extranjeros Nº26.037.500-2, domiciliada en calle Sebastián Elcano Nº 3387, departamento Nº 1305, comuna Las Condes, Región Metropolitana; de don DIEGO ALFONSO NECOCHEA CALVO, CINº19.308.436-2, domiciliado en avenida Cristobal colón Nº 7000, departamento letra a, Nº 121, comuna Las Condes, Región Metropolitana; de doña PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, CINº 10.263.674-0, domiciliada en avenida Nueva Tajamar Nº 481, Torre Norte, oficina 301, comuna Las Condes, Región Metropolitana, de don VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE, CINº 8.895.098-4, con domicilio en calle Serrano Nº 61 C, comuna de Linares, Región del Maule; Rectificó escritura de modificación y cesión de derechos de la "Sociedad de Profesionales en Asesorías Tributarias y Contables Limitada", otorgada con fecha 28 de marzo de 2025, en la Notaría de Santiago de don Francisco Rubén Rojas Arriagada, inscrita a fojas 196 vuelta Nº 146 del Registro de Comercio del año 2025, correspondiente al Conservador de Bienes Raíces de Linares, la cual a su vez fue saneada por escritura pública de fecha 3 de septiembre del año 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Rubén Arriagada Rojas, anotada bajo el repertorio Nº 4188-2025, inscrita a fojas 198 vuelta número 147, correspondiente al Registro de Comercio del año 2025, del Conservador de Bienes Raíces de Linares. En este sentido y producto de un error involuntario en la redacción, se indicó en el articulo QUINTO y SEPTIMO que la participación societaria correspondía a un 40% de los derechos societarios a doña PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, a un 30% de los derechos societarios a don VICTOR IVÁN CALVO BENVANETE; y en un 30% de los derechos societarios a doña ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, en circunstancias que debe decir: “QUINTO: Participación societaria. En atención a la modificación en la participación societaria, señalada en los artículos anteriores, la sociedad actualmente queda conformada por los socios: doña PABLA LORENA CALVO BENAVENTE, con el sesenta y dos por ciento de la participación societaria, don VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE, con el ocho por ciento de la participación societaria y doña ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE, con el treinta por ciento de la participación societaria” y “SÉPTIMO: Modificación artículo Octavo. Los comparecientes vienen en modificar el ARTÍCULO OCTAVO, utilidades y perdidas: Las utilidades y perdidas entre los socios se repartirán a prorrata de sus aportes, esto es en un sesenta y dos por ciento en relación a la socia PABLA LORENA CALVO BENAVENTE; en un ocho por ciento en relación al socio VICTOR IVÁN CALVO BENAVENTE; y en un treinta por ciento en relación a la socia ROSARIO DEL PILAR RÍOS LANGE. Los socios podrán hacer retiros mensuales a cuenta de utilidades, de común acuerdo, sin perjuicio que los socios limitan su responsabilidad hasta el aporte de sus capitales”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. Santiago, 03 de noviembre de 2025.