MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Auror Limitada

RUT 77806844-3 CVE 2731014
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NATALIA ALEJANDRA BURGOS FLORES, Reemplazante de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, ambos domiciliados en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 13 de noviembre de 2025, ante el Titular, PATRICIO ALEJANDRO SILVA JARA y DANIELA FERNANDA VALLADARES QUILODRÁN, ambos domiciliados en calle Cruz del Sur Nº 303, dpto. 701, Las Condes, Región Metropolitana, modificaron “SOCIEDAD DE INVERSIONES AUROR LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 62.614, N° 27.072, del Registro de Comercio de Santiago, año 2023, en el siguiente sentido: 1) PATRICIO ALEJANDRO SILVA JARA y DANIELA FERNANDA VALLADARES QUILODRÁN, en su calidad de únicos y actuales socios, acordaron: (a) aumentar el capital de la Sociedad, de $3.000.000.-, a $7.000.000.-, esto es, en $4.000.000.-, que se entera y paga íntegramente y en el acto y, (b) modificar parcialmente el giro social; todo ello, conforme a las estipulaciones señaladas en escritura extractada y en lo que se indica a continuación. 2) En virtud de lo anterior, los únicos y actuales socios acordaron reemplazar íntegramente los artículos Cuarto, relativo al objeto social, y Sexto permanente, referido al capital social. Asimismo, resolvieron incorporar un nuevo artículo Primero Transitorio destinado a regular la forma de aporte, todo ello en los siguientes términos: A. “CUARTO: Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de asesorías profesionales financieras e inversión, tales como acciones, bonos, opciones, derivados financieros, materias primas, debentures, cuotas de fondos de inversión, cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, inversiones inmobiliarias, mobiliarias, construcción, transportes, hotelería y turismo y rentas, para realizar tanto en Chile como en el extranjero, importaciones; b) La realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de activos, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos, acciones, bonos, efectos de comercio, debentures, monedas de cambio, valores de inversión de renta fija o variable, fondos de inversión, e instrumentos del mercado de capitales en general, ya sea en Chile o en el extranjero, como la participación y representación en calidad de socio o accionista en sociedades, empresas o agencias de cualquier tipo y cualquiera sea su objeto, pudiendo adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas y sociedades por acciones, adquirir derechos en todo tipo de sociedades de personas, comunidades, fundaciones, asociaciones y cuentas en participación, y en cualquier otro tipo de sociedades u personalidad jurídica distinta; c) La prestación de servicios de asesorías y consultorías en distintas materias, incluyendo materias educacionales, contables, financieras, como también, en materias de todo tipo de inversiones mobiliarias y en la actividad inmobiliaria en general, y sin que la enumeración sea taxativa, la sociedad podrá prestar cualquier tipo de servicios, asesorías y consultorías que una empresa y/o institución, pública o privada, con o sin fines de lucro, necesite o requiera, ya sea directamente o a través de terceros, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, vía presencial o remota; d) La compraventa, adquisición, enajenación, comercialización, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de bienes muebles y/o inmuebles o derechos sobre ellos, pudiendo, sin ser excluyentes de otros usos, destinarlos a la instalación de establecimientos médicos de todo tipo; percibir e invertir sus frutos, como el corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, pudiendo lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, como también desarrollar cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, y cualquier otro negocio o actividad que se les relacione, y celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios para el objeto indicado, y a cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; y, e) El corretaje de propiedades, la adquisición, compra, venta, arriendos, remate, tasación, mantención, regularización y administración de bienes inmuebles, urbanos o rurales, propios o ajenos, amoblados o no amoblados, con o sin equipos y maquinarias, incluyendo, comunidades, propiedad horizontal e individual y sus amoblados y equipamiento para sí o para terceros; la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras civiles; la prestación de servicios de gestor inmobiliario y relacionados; la realización de toda clase de negocios inmobiliarios, pudiendo por cuenta propia o ajena, comprar, vender, gravar, arrendar y administrar toda clase de bienes raíces.”; B. “SEXTO: Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de $7.000.000.-, que los socios han enterado y pagado en las siguientes proporciones y en la forma que se indica en el artículo Primero Transitorio: i) don Patricio Alejandro Silva Jara, con la cantidad de $3.500.000.-, esto es, un 50% de los derechos sociales; y, ii) doña Daniela Fernanda Valladares Quilodrán, con la cantidad de $3.500.000.-, esto es, un 50% de los derechos sociales. De esta forma el capital ha quedado íntegramente enterado y pagado por los socios e ingresado a la caja social.”; y, C. “PRIMERO TRANSITORIO. Forma de Aporte. El capital de la sociedad es la cantidad de $7.000.000.-, que los socios han enterado en las siguientes proporciones y pagado en la forma indicada a continuación: i) don Patricio Alejandro Silva Jara, con la cantidad de $3.500.000.-, esto es, un 50% de los derechos sociales, pagados de la siguiente forma: a) con la cantidad de $1.500.000.-, pagados en el acto de constitución de la Sociedad y en dinero efectivo; y, b) con la cantidad de $2.000.000.-, mediante el aporte en dominio de 500 acciones de la sociedad “Zonular SpA”, de las que es dueño según consta del Certificado de Acciones de dicha sociedad, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades de fecha 6 de noviembre de 2025, código de verificación electrónico CRYS80Kbs7ya, avaluadas en la suma de $4.000.- cada una, avaluación que cuenta con el consentimiento expreso y unánime de todos los socios; y, ii) doña Daniela Fernanda Valladares Quilodrán, con la cantidad de $3.500.000.-, esto es, un 50% de los derechos sociales, pagados de la siguiente forma: a) con la cantidad de $1.500.000.-, pagados en el acto de constitución de la Sociedad y en dinero efectivo; y, b) con la cantidad de $2.000.000.-, mediante el aporte en dominio de 500 acciones de la sociedad “Zonular SpA”, de las que es dueña según consta del Certificado de Acciones de dicha sociedad, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades de fecha 6 de noviembre de 2025, código de verificación electrónico CRQGDCs2l6O9, avaluadas en la suma de $4.000.- cada una, avaluación que cuenta con el consentimiento expreso y unánime de todos los socios. De esta forma el capital ha quedado íntegramente enterado y pagado por los socios e ingresado a la caja social.” En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2025.- Natalia Alejandra Burgos Flores, Notario Reemplazante.