CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SANTA BÁRBARA FILMS CHILE SpA

RUT 17699880-6 CVE 2731037
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2025
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
Oficio
Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto a) El desarrollo, producción, distribución, comercialización y explotación de contenidos audiovisuales, cinematográficos, publicitarios, digitales, musicales, interactivos y de entretenimiento en general, en cualquiera de sus formatos, soportes o plataformas, actuales o futuras; pudiendo en especial producir, coproducir, adquirir, financiar, editar, grabar, distribuir, comercializar, importar, exportar, licenciar o sublicenciar toda clase de obras audiovisuales, cinematográficas, fonográficas, sonoras, multimediales, gráficas o interactivas, sean propias o de terceros, para su exhibición, venta, arrendamiento, reproducción o transmisión en cualquier medio; b) Asimismo, podrá representar en Chile o en el extranjero a empresas, artistas, productores, distribuidores, plataformas digitales o agencias vinculadas a la industria del cine, la televisión, el streaming, la música, la publicidad, los videojuegos, la animación o cualquier otra forma de creación audiovisual o digital; c) Desarrollar, administrar o participar en plataformas tecnológicas o digitales destinadas a la difusión, almacenamiento, transmisión o monetización de contenidos audiovisuales, musicales, publicitarios o culturales, incluyendo redes sociales, aplicaciones móviles, servicios OTT (over the top), streaming, video on demand (VOD), podcasting o similares; d) Ejecutar proyectos de marketing, comunicación, branding, publicidad y gestión de derechos vinculados a la explotación comercial de contenidos audiovisuales, así como prestar servicios de consultoría estratégica, representación artística y gestión de contratos de imagen, propiedad intelectual o industrial; e) Desarrollar y explotar estudios de grabación, rodaje, producción o postproducción, laboratorios de efectos visuales (VFX), animación digital, inteligencia artificial aplicada a medios, fotografía, sonido, doblaje, subtitulación o restauración de materiales audiovisuales; f) Comercializar, arrendar o distribuir equipos, software y tecnología relacionados con la producción audiovisual, musical, publicitaria o digital, incluyendo cámaras, sistemas de sonido, drones, equipos de iluminación, servidores, programas de edición, efectos o almacenamiento; g) Organizar, producir y gestionar eventos, festivales, exposiciones, exhibiciones, lanzamientos o actividades culturales, artísticas o publicitarias, presenciales o virtuales, tanto en Chile como en el extranjero; h) Adquirir, enajenar, arrendar, administrar o explotar bienes muebles o inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto, así como participar en sociedades, asociaciones o joint ventures vinculadas al rubro audiovisual, tecnológico o cultural; i) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros tales como depósitos, bonos, pagares, letras hipotecarias y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio; j) La inversión en derechos o acciones en otras sociedades, pudiendo ejecutarse todos los actos y contratos que dicha relación con las inversiones efectuadas y la ejecución de toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, además de aquellas otras que los accionistas unánimemente acuerden; k) La explotación de derechos de imagen y de propiedad intelectual e industrial; l) La actuación como administrador y)o gestor de todo tipo de negocios relacionados con las actividades antes transcritas; m) La intermediación en el comercio, así como la importación y exportación de todo tipo de productos y materiales; n) La exportación e importación de material, tecnología, procedimientos y cuantas formulas o materiales estén en relación con el objeto social; ñ) La representación de sociedades nacionales o extranjeras en las marcas, técnicas y patentes que en estas áreas ostenten; o) Ejercer actividades de carácter comercial, industrial, artístico, tecnológico o de servicios que sea complementaria, accesoria o conexa con los fines anteriores o que contribuya directa o indirectamente al desarrollo de su objeto principal; y p) En resumidas cuentas, la sociedad podrá realizar toda actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don José Ignacio Díaz San Román

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Apoquindo N°3.076, oficina N°601, sexto piso, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, JOSÉ IGNACIO DÍAZ SAN ROMÁN cédula de identidad N°17.699.880-6, con domicilio en Rosario Norte Nº555, OFICINA 604, comuna de Las Condes, Santiago, constituyó una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “SANTA BÁRBARA FILMS CHILE SpA”. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que se puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto a) El desarrollo, producción, distribución, comercialización y explotación de contenidos audiovisuales, cinematográficos, publicitarios, digitales, musicales, interactivos y de entretenimiento en general, en cualquiera de sus formatos, soportes o plataformas, actuales o futuras; pudiendo en especial producir, coproducir, adquirir, financiar, editar, grabar, distribuir, comercializar, importar, exportar, licenciar o sublicenciar toda clase de obras audiovisuales, cinematográficas, fonográficas, sonoras, multimediales, gráficas o interactivas, sean propias o de terceros, para su exhibición, venta, arrendamiento, reproducción o transmisión en cualquier medio; b) Asimismo, podrá representar en Chile o en el extranjero a empresas, artistas, productores, distribuidores, plataformas digitales o agencias vinculadas a la industria del cine, la televisión, el streaming, la música, la publicidad, los videojuegos, la animación o cualquier otra forma de creación audiovisual o digital; c) Desarrollar, administrar o participar en plataformas tecnológicas o digitales destinadas a la difusión, almacenamiento, transmisión o monetización de contenidos audiovisuales, musicales, publicitarios o culturales, incluyendo redes sociales, aplicaciones móviles, servicios OTT (over the top), streaming, video on demand (VOD), podcasting o similares; d) Ejecutar proyectos de marketing, comunicación, branding, publicidad y gestión de derechos vinculados a la explotación comercial de contenidos audiovisuales, así como prestar servicios de consultoría estratégica, representación artística y gestión de contratos de imagen, propiedad intelectual o industrial; e) Desarrollar y explotar estudios de grabación, rodaje, producción o postproducción, laboratorios de efectos visuales (VFX), animación digital, inteligencia artificial aplicada a medios, fotografía, sonido, doblaje, subtitulación o restauración de materiales audiovisuales; f) Comercializar, arrendar o distribuir equipos, software y tecnología relacionados con la producción audiovisual, musical, publicitaria o digital, incluyendo cámaras, sistemas de sonido, drones, equipos de iluminación, servidores, programas de edición, efectos o almacenamiento; g) Organizar, producir y gestionar eventos, festivales, exposiciones, exhibiciones, lanzamientos o actividades culturales, artísticas o publicitarias, presenciales o virtuales, tanto en Chile como en el extranjero; h) Adquirir, enajenar, arrendar, administrar o explotar bienes muebles o inmuebles necesarios para el cumplimiento de su objeto, así como participar en sociedades, asociaciones o joint ventures vinculadas al rubro audiovisual, tecnológico o cultural; i) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, valores mobiliarios, instrumentos financieros tales como depósitos, bonos, pagares, letras hipotecarias y cualquier otro tipo de valores o efectos de comercio; j) La inversión en derechos o acciones en otras sociedades, pudiendo ejecutarse todos los actos y contratos que dicha relación con las inversiones efectuadas y la ejecución de toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, además de aquellas otras que los accionistas unánimemente acuerden; k) La explotación de derechos de imagen y de propiedad intelectual e industrial; l) La actuación como administrador y/o gestor de todo tipo de negocios relacionados con las actividades antes transcritas; m) La intermediación en el comercio, así como la importación y exportación de todo tipo de productos y materiales; n) La exportación e importación de material, tecnología, procedimientos y cuantas formulas o materiales estén en relación con el objeto social; ñ) La representación de sociedades nacionales o extranjeras en las marcas, técnicas y patentes que en estas áreas ostenten; o) Ejercer actividades de carácter comercial, industrial, artístico, tecnológico o de servicios que sea complementaria, accesoria o conexa con los fines anteriores o que contribuya directa o indirectamente al desarrollo de su objeto principal; y p) En resumidas cuentas, la sociedad podrá realizar toda actividad u objeto que los accionistas acuerden al respecto y que no sea contraria a derecho. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en diez mil acciones, nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en este acto y en dinero efectivo por el accionista. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don José Ignacio Díaz San Román. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2025.-