CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES INMOBILIARIAS SAN MARTIN COURT SpA

RUT 15366224-K CVE 2731412
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2025
Notario
JULIO JORGE ABUYERES JADUE
Domicilio
Quillota

Sociedad

Domicilio
Ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto es la inversión en toda clase de negocios, tales como, la compra, venta, enajenación y explotación a cualquier título, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la explotación de establecimientos de comercio, la construcción de edificios, caminos, puentes y toda clase de obras civiles, el arrendamiento de vehículos motorizados, la prestación de servicios de maquinarias y equipos de construcción y movimiento de tierras; la adquisición o arriendo de dicha maquinaria o equipos; la construcción de viviendas, ejecución de obras de urbanización; estudio, proyección y ejecución de dichas obras, compra y venta de materiales de construcción y la prestación de servicios habitacionales de cualquier naturaleza y desarrollar cualquiera otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los

Administración

La administración de la sociedad corresponderá a don PABLO ANDRÉS SEPÚLVEDA GAJARDO, quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se indican en artículo décimo tercero de escritura que se extracta. DE LA RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PABLO ANDRÉS SEPÚLVEDA GAJARDO socio 15366224-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público Quillota, Pudeto N°398, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de Noviembre de 2025, ante mí, PABLO ANDRÉS SEPÚLVEDA GAJARDO, C.N.I. N° 15.366.224-K, con domicilio en Bernardino Concha número ochocientos veinte, comuna de Quillota, constituyó una sociedad por acciones, de la cual se extractan los siguientes antecedentes: NOMBRE: INVERSIONES INMOBILIARIAS SAN MARTIN COURT SpA., pudiendo funcionar también con el nombre de fantasía, “SAN MARTIN COURT SpA.”. DOMICILIO: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO SOCIAL: El objeto es la inversión en toda clase de negocios, tales como, la compra, venta, enajenación y explotación a cualquier título, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la explotación de establecimientos de comercio, la construcción de edificios, caminos, puentes y toda clase de obras civiles, el arrendamiento de vehículos motorizados, la prestación de servicios de maquinarias y equipos de construcción y movimiento de tierras; la adquisición o arriendo de dicha maquinaria o equipos; la construcción de viviendas, ejecución de obras de urbanización; estudio, proyección y ejecución de dichas obras, compra y venta de materiales de construcción y la prestación de servicios habitacionales de cualquier naturaleza y desarrollar cualquiera otra actividad relacionada con las anteriores que acuerden los socios. DURACIÓN: Indefinida CAPITAL: El capital de la sociedad será la cantidad de ciento setenta y cuatro millones seiscientos setenta y ocho mil setecientos diecisiete pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma señalada en el artículo segundo transitorio de la escritura extractada. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad corresponderá a don PABLO ANDRÉS SEPÚLVEDA GAJARDO, quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario y sin que la enumeración sea taxativa o limitativa en sentido alguno, sino meramente ilustrativa, con las facultades que se indican en artículo décimo tercero de escritura que se extracta. DE LA RESPONSABILIDAD PERSONAL DE LOS ACCIONISTAS: El o los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal en los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Quillota, a 18 de Noviembre de 2025.-