MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

EL CHORRILLO S.A.

RUT 76221672-8 CVE 2731522
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2025
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2025
Repertorio
65277/2025
Notario
Pablo Martínez Loaiza
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años contados desde fecha escritura pública. Renovable por períodos de 5 años en forma señalada en escritura extractada

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo Martínez Loaiza, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N°5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2025, Repertorio 65.277/2025, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “EL CHORRILLO S.A.”, celebrada en esa misma fecha, a la cual concurrieron la totalidad de los accionistas, y que extracto a continuación: a) Matthias Oliver Casanello Frisius, cédula de identidad N° 13.441.574-6; y, b) María Eugenia Ceballos Cruz, cédula de identidad N° 12.043.435-7, ambos domiciliados para estos efectos en Lonquén Sur, paradero 24 y medio, parcela 24, comuna Calera de Tango, Región Metropolitana, según registro de accionistas tenido a la vista, celebrada con fecha 11 de noviembre de 2025, en que la Junta acordó lo siguiente: A) Transformación de sociedad. Transformar la sociedad EL CHORRILLO S.A. de una sociedad anónima cerrada en una sociedad de responsabilidad limitada, manteniendo su personalidad jurídica, cuyos estatutos quedan del siguiente tenor: Socios: Matthias Oliver Casanello Frisius, cédula de identidad N° 13.441.574-6; y, b) María Eugenia Ceballos Cruz, cédula de identidad N° 12.043.435-7, ambos domiciliados para estos efectos en Lonquén Sur, paradero 24 y medio, parcela 24, comuna Calera de Tango, Región Metropolitana. Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES EL CHORRILLO LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “EL CHORRILLO LTDA”. Administración y Uso Razón Social: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá individualmente a doña María Eugenia Ceballos Cruz y a don Matthias Oliver Casanello Frisius, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Capital: $1.000.000, aportados de la siguiente forma: (i) don Matthias Oliver Casanello Frisius, aporta la cantidad de $500.000 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social, íntegramente pagados; b) doña María Eugenia Ceballos Cruz, aporta la cantidad de $500.000 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social, íntegramente pagados. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Objeto: La sociedad tiene por objeto: a) La adquisición, inversión, compra, venta, loteo, aporte, administración, explotación, permuta, parcelación, urbanización y reparación de toda clase de bienes raíces, sean rurales o urbanos y la percepción de todos sus frutos, el arrendamiento de bienes raíces con o sin opción de compra; b) La promoción, organización, gestión, desarrollo y participación en negocios inmobiliarios; c) El estudio, la planificación, la dirección y ejecución y el desarrollo de todo tipo de construcciones, obras civiles y proyectos inmobiliarios o de ingeniería de cualquier naturaleza; d) la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos de inversión privados o públicos, bonos y debentures planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, e) cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, y , en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Todas las actividades antes singularizadas serán desarrolladas por la Sociedad por cuenta propia o de terceros, pudiendo, en tal sentido, representar firmas nacionales o extranjeras, asociarse a personas o sociedades existentes. Duración: 5 años contados desde fecha escritura pública. Renovable por períodos de 5 años en forma señalada en escritura extractada. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero; B) División de sociedad. Los socios de “Inversiones El Chorrillo Limitada” acordaron dividir la sociedad en 2 sociedades: ésta, que será su continuadora legal y conservará el mismo nombre, y la sociedad “Inversiones CyC Limitada”, que se constituye como consecuencia de la división, la cual incorpora de pleno derecho a todos los socios de la sociedad dividida, además de los activos, pasivos y patrimonio que se especificaron en la escritura extractada y cuyas respectivas menciones del estatuto se consignan; C) Disminución de Capital y Modificación del Pacto Social: Socios acordaron disminuir capital de Inversiones El Chorrillo Limitada desde la suma actual ascendente a $1.000.000, a la suma de $72, mediante una disminución de su capital social en la cantidad de $999.928. En consecuencia, acordaron modificar el Artículo Quinto del pacto social, el que queda del siguiente tenor: “Artículo Quinto: El capital social es la cantidad de $72 pesos, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: (i) don Matthias Oliver Casanello Frisius, aporta la cantidad de $36 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social, íntegramente pagados; y, (ii) doña María Eugenia Ceballos Cruz, aporta la cantidad de $36 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social, íntegramente pagados.” D) Estatutos de la sociedad Inversiones CyC Limitada. Socios: a) Matthias Oliver Casanello Frisius, cédula de identidad N° 13.441.574-6; y, b) María Eugenia Ceballos Cruz, cédula de identidad N° 12.043.435-7, ambos domiciliados para estos efectos en Lonquén Sur, paradero 24 y medio, parcela 24, comuna Calera de Tango, Región Metropolitana. Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES C Y C LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “C Y C LTDA”. Administración y Uso Razón Social: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad, corresponderá individualmente a doña María Eugenia Ceballos Cruz y a don Matthias Oliver Casanello Frisius, con las facultades y atribuciones estipuladas en escritura extractada. Capital: El capital social es la cantidad de $999.928 pesos, que se aporta y paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: (i) don Matthias Oliver Casanello Frisius, aporta la cantidad de $499.964 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social, íntegramente pagados; y, (ii) doña María Eugenia Ceballos Cruz, aporta la cantidad de $499.964 pesos, equivalente al 50% por ciento del capital social, íntegramente pagados. Responsabilidad: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Objeto: La sociedad tiene por objeto: a) La adquisición, inversión, compra, venta, loteo, aporte, administración, explotación, permuta, parcelación, urbanización y reparación de toda clase de bienes raíces, sean rurales o urbanos y la percepción de todos sus frutos, el arrendamiento de bienes raíces con o sin opción de compra; b) La promoción, organización, gestión, desarrollo y participación en negocios inmobiliarios; c) El estudio, la planificación, la dirección y ejecución y el desarrollo de todo tipo de construcciones, obras civiles y proyectos inmobiliarios o de ingeniería de cualquier naturaleza; d) la inversión en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, fondos de inversión privados o públicos, bonos y debentures planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y, e) cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad, y , en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Todas las actividades antes singularizadas serán desarrolladas por la Sociedad por cuenta propia o de terceros, pudiendo, en tal sentido, representar firmas nacionales o extranjeras, asociarse a personas o sociedades existentes. Duración: 5 años contados desde fecha escritura pública. Renovable por períodos de 5 años en forma señalada en escritura extractada. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2025.