AGROINDUSTRIAL SAN SEBASTIAN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2012
- Repertorio
- 1229
- Notario
- ALVARO ESTRADA ALVARADO
- Oficio
- Primera Notaria de Casablanca
- Comuna
- Casablanca
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO ESTRADA ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Casablanca, con oficio en Avenida Constitución número trescientos setenta y seis / trescientos setenta y ocho, de la ciudad y comuna de Casablanca Certifico: por escritura repertorio N°1229 otorgada con fecha de 21 DE Octubre del 2025, ante mí: don JUAN BERNARDO RUBIO JAMETT, chileno, divorciado, químico farmacéutico, domiciliado en Parcela 4 Mundo Nuevo Casablanca, Rut 4.373.459-8; doña MARIA JOSE CARLA AURELIA RUBIO GATICA, chilena, soltera, estudiante, domiciliada en Riveros Cruz 425 depto. 6 Viña del Mar, Rut 19.489.776-6, y doña CAMILA ANDREA RUBIO GATICA, chilena, soltera, ingeniera, domiciliada en Riveros Cruz 425 depto. 6 Viña del Mar, modificaron la sociedad AGROINDUSTRIAL SAN SEBASTIAN LIMITADA o “SAN SEBASTIAN LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 06) 11/2012, Rep 1844-2012, otorgada en notaría de doña Marcela Tavolari Oliveros, Notario Público de Valparaíso, publicada en el D.O N°40.412 de fecha 17/11/2012, e inscrita a fs. 1355 N°1345 año 2012 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso. MODIFICACIONES CONSISTEN: Uno. -El socio JUAN BERNARDO RUBIO JAMETT, vendió, cedió y transfirió a doña MARIA JOSE CARLA AURELIA RUBIO GATICA, el 20% de los derechos que le correspondían, que ascendían al 5% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $1.000.000, al contado, dinero efectivo; a su vez el socio JUAN BERNARDO RUBIO JAMETT, vendió, cedió y transfirió a doña CAMILA ANDREA RUBIO GATICA, el 80% de los derechos que le correspondían, que ascendían al 20% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $4.000.000, al contado, dinero efectivo. Dos. Las proporciones de los socios quedan de la siguiente manera: doña MARIA JOSE CARLA AURELIA RUBIO GATICA con un 30% de los derechos sociales totales y doña CAMILA ANDREA RUBIO GATICA con un 70% de los derechos sociales totales. Tres. En todo lo modificado, rige pacto original. Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador facultado legalización. Casablanca, 21 de Octubre de 2025.