SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES MG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 5438-2025
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Domicilio
- Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bìo-Bìo
Objeto social
Será: a) CENTROS MÉDICOS PRIVADOS (ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN AMBULATORIA), b) CENTROS DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA PRIVADOS (ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN AMBULATORIA), c) ACTIVIDADES DE LABORATORIOS CLÍNICOS Y BANCOS DE SANGRE SERVICIOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE POR OTROS PROFESIONALES DE LA SALUD, ch) OTRAS ACTIVIDADES DE ATENCIÓN EN INSTITUCIONES y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del
Administración
Corresponderá al socio don MARIO FERNANDO FUENTES ARÁNGUEZ quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades. - En consecuencia, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, Caupolicán 355, Los Ángeles, certifica: por escritura pública de fecha 18 de noviembre de 2025, Repertorio 5438-2025, ante mí; don MARIO FERNANDO FUENTES ARÁNGUEZ, chileno, cirujano dentista, cédula de identidad número dieciséis millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos diecinueve guion cuatro; y doña BELÉN IGNACIA NAZAL SELAIVE, chilena, tecnóloga médica, cédula de identidad número dieciocho millones doscientos noventa y un mil quinientos sesenta y seis guion uno, casados y separados totalmente de bienes entre sí, según se acreditará, y ambos domiciliados en fundo San Jorge sin número, de la comuna de Mulchén, de paso por ésta; Los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas ya anotadas, y exponen: PRIMERO: Del nombre y razón social. Será “SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES MG LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “SERVICIOS MG LTDA”.- SEGUNDO: Del objeto social. Será: a) CENTROS MÉDICOS PRIVADOS (ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN AMBULATORIA), b) CENTROS DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA PRIVADOS (ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN AMBULATORIA), c) ACTIVIDADES DE LABORATORIOS CLÍNICOS Y BANCOS DE SANGRE SERVICIOS PRESTADOS DE FORMA INDEPENDIENTE POR OTROS PROFESIONALES DE LA SALUD, ch) OTRAS ACTIVIDADES DE ATENCIÓN EN INSTITUCIONES y d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.- TERCERO: Del domicilio social. Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bìo-Bìo, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón social. Corresponderá al socio don MARIO FERNANDO FUENTES ARÁNGUEZ quién actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad con amplias facultades. - En consecuencia, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital. El Capital social asciende a la suma de cinco millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: UNO.- El socio don MARIO FERNANDO FUENTES ARÁNGUEZ, con la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón de pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de un millón quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran.- Y DOS: La socia doña BELÉN IGNACIA NAZAL SELAIVE, con la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de un millón quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran.- El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad.- SEXTO: Del plazo y renovación automática. La sociedad se pacta por un plazo de 5(cinco) años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de 10 (diez) años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de 1(un) año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 19 de noviembre de 2025.-