Futura 90 Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 7806
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
Modificar el Artículo Noveno correspondiente a la Administración de la Sociedad, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO. El uso de la razón social, la administración y la representación legal de la Sociedad corresponderá a don Felipe Ignacio Guevara Sinclair, cédula nacional de identidad número 14.123.179-0, quien actuando en forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, contará con las más amplias facultades de administración, detentando, a modo ejemplificativo y sin que la siguiente enumeración sea taxativa, las facultades enunciadas en el artículo décimo”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 11 de noviembre de 2025, bajo el repertorio N°7806, comparece la la sociedad FUTURA 90 S.R.L., debidamente representada, en calidad de actual y único accionista, según el Registro de Accionistas tenido a la vista, de la sociedad “FUTURA 90 CHILE SpA” (en adelante también la “Sociedad”) inscrita a fojas 101621, número 40761 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2024, acordó lo siguiente: I. Modificación de la Administración. Modificar el Artículo Noveno correspondiente a la Administración de la Sociedad, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO. El uso de la razón social, la administración y la representación legal de la Sociedad corresponderá a don Felipe Ignacio Guevara Sinclair, cédula nacional de identidad número 14.123.179-0, quien actuando en forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, contará con las más amplias facultades de administración, detentando, a modo ejemplificativo y sin que la siguiente enumeración sea taxativa, las facultades enunciadas en el artículo décimo”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2025.