EXPORTADORA DEL SUR SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 1614-2025
- Notario
- Victor Marcelo Toledo Machuca
- Oficio
- segunda notaria de Coronel
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVictor Marcelo Toledo Machuca, abogado, notario público de la segunda notaria de Coronel, con oficio en calle Cochrane 130 segundo piso. Certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, el 12 de noviembre de 2025, Repertorio n°1.614-2025, don Jorge Gabriel Pincheira Guzmán, cédula nacional de identidad 5.698.347-3, y por don Álvaro Sergio Vergara Jara, cédula nacional de identidad 10.384.353-7, en representación de INVERSIONES PESQUERAS SpA, rol único tributario 99.515.650-4 todos domiciliados en calle O’Higgins 1186 oficina 1202, Concepción, único accionista viene a modificar parcialmente el estatuto social de EXPORTADORA DEL SUR S.p.A., rut n°76.337.185-9, capital social $500.000 de pesos, inscrita a fojas 97v, Nº53 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Lota correspondiente al año 2013, acordó reformar parcialmente sus estatutos, en sus artículos cuarto del objeto social quedando como sigue: ARTICULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) Ayudar al fomento de la industria y el comercio mediante la adquisición de inmuebles propios para el establecimiento de plantas industriales y locales comerciales de todo orden; b) proyectar, construir y realizar las demás actividades relativas por cuenta propia o de terceros, para la adquisición, construcción o adaptación de edificios adecuados para la industria y el comercio en todas sus ramas; c) prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de maquinaria y otro tipo de usos en general; d) de personal administrativo, y comercialización de artículos y servicios de aseo, mantención, ornato y flotas de transporte y prestación de servicios conexos al transporte de personas o cosas; e) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; f) Realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y en general, toda clase de documentación negociable; g) La pesca y extracción de toda clase de especies marinas, la congelación, conservación, industrialización, elaboración, embasamiento, comercialización, distribución, exportación e importación de dichos productos, y de sus derivados o subproductos, como asimismo, toda actividad relacionada directa o indirectamente con la anterior; h) La realización de toda actividad de procesamiento, producción, comercialización, distribución, importación y exportación de insumos y alimentos para peces y demás especies marinas, ovinos, bovinos, porcinos y aves; i) Ejercer actividades navieras de adquisición, transferencia, fabricación, modificación o reparación de buques equipos, materiales y en general, toda clase de elementos destinados al equipamiento de las naves; j) La proyección, adaptación, modificación o alteración de naves y cascos o de implementos mecánicos o náuticos usados a bordo; k) La realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes para los objetos antes señalados, pudiendo para el cumplimiento de los indicados fines actuar por cuenta propio o ajena, incluso como agente o representante; l) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que los socios acuerden y que tienden a cubrir el fin social y celebrar contratos de asociación o cuentas en participación.”, Además modifica Articulo Segundo Transitorio de cuyas estipulaciones son de aquellas que no requieren ser referenciadas. Demás estipulaciones en escritura indicada. Doy fe. Coronel, 18 de noviembre de 2025.