MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORT EXPORT GLOBAL AUTO KOREANO LIMITADA

RUT 76761315-6 CVE 2729388
Fecha instrumento
5 de julio de 2017

Instrumento

Fecha
5 de julio de 2017
Repertorio
1030
Notario
EDWIN RIFFO GONZALEZ
Domicilio
Iquique

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICO: Por escritura hoy ante mí: Don SAJID SHABBIR MINHAS, en representación según se dirá de don JHANGIR MUGHAL, domiciliado en Amunategui N°235, Iquique; don NADEEM ALAM, domiciliado en Manuel Plaza N°2.204, departamento 41, Iquique; y doña CLAUDIA PAOLA CASTRO VARGAS, domiciliada en Amunategui N°235, Iquique; mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas anotadas y exponen: Por escritura pública de fecha 05 de julio de 2017, otorgada ante el Notario Público de Iquique Don Néstor Araya Blazina, se constituyó la Sociedad IMPORT EXPORT GLOBAL AUTO KOREANO LIMITADA, cuyo extracto fue inscrito a fojas 989 vuelta, N°785, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2017, y debidamente publicada en el Diario Oficial de La República de Chile. Modificada por escritura pública de fecha 12 de Abril del año 2022, repertorio N°1030, celebrada ante Notario Público de Iquique Néstor Araya Blazina, cuyo extracto se inscribió a fojas 520, N°279, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2022, y debidamente publicado en el Diario Oficial. Modificada por escritura pública de fecha 31 de Enero del año 2018, repertorio N°506, celebrada ante Notario Público de Iquique don Néstor Araya Blazina, cuyo extracto se inscribió a fojas 109, N°99, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2018, y debidamente publicada en el Diario Oficial.-Modificada por escritura pública de fecha 21 de Enero del año 2025, repertorio N°94 guión 2025, celebrada ante don Danny Ismael Candia Pinto, Notario Público Suplente del Titular de Iquique don Rodrigo Alejandro González Barriga cuyo extracto se inscribió a fojas 116 vuelta N°47, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2025, y debidamente publicada en el Diario Oficial.- Modificada por escritura pública de fecha uno de Agosto del año 2025, repertorio N°1.878, celebrada ante don Edwin Riffo Gonzalez, Notario Público Suplente del Titular de Iquique don Néstor Araya Blazina cuyo extracto se inscribió a fojas 796 N°405, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2025, y debidamente publicada en el Diario Oficial.- Los actuales socios Don JHANGIR MUGHAL dueño del 95% y don NADEEM ALAM dueño del 5% de los derechos y acciones de la sociedad, vienen en modificar el pacto social antes referido, en los términos que pasan a expresarse: Don NADEEM ALAM , vende, cede y transfiere todos los derechos sociales que le corresponden en la sociedad referida, que equivalen al 5% de los derechos a doña CLAUDIA PAOLA CASTRO VARGAS, quién compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $250.000.-, que paga en este acto, al contado dinero efectivo, declarando el vendedor recibir a su más entera satisfacción y total conformidad.- La venta y cesión señalada comprende todos los derechos que corresponden al vendedor en la sociedad en razón de su calidad de socio en ella, la parte en la cuota de capital, el mayor valor de los aportes de capital, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que les correspondan en el haber social.- En virtud de lo anterior, como consecuencia de la venta y cesión a que se refiere la cláusula precedente, a contar de esta fecha, son socios de IMPORT EXPORT GLOBAL AUTO KOREANO LIMITADA., Don JHANGIR MUGHAL dueño del 95% y doña CLAUDIA PAOLA CASTRO VARGAS, dueña del 5% de los derechos sociales.- Los comparecientes por sí y en la representación que puedan investir por la sociedad se otorgan el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- La administración representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán, conjunta o separadamente, indistintamente, a IMPORT EXPORT GLOBAL AUTO KOREANO LIMITADA., con todas y cada una de las facultades señaladas en el pacto social.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 27 de Octubre de 2025.-