Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2025
- Repertorio
- 6148-2025
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- Vigésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PABLO ANDRÉS RIOJA ZENTENO | socio | 17753922-8 | — | — | |
| MARTÍN RIOJA FALCONE | socio | 16574228-1 | — | — | |
| NOVA CAPITAL SpA | socio | 78200958-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 4.990, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de noviembre del año 2025, repertorio N°6148-2025, ante mí, PABLO ANDRÉS RIOJA ZENTENO, CIN° 17.753.922-8, y MARTÍN RIOJA FALCONE, CIN°16.574.228-1, ambos en representación de NOVA CAPITAL SpA, RUT N°78.200.958-3, domiciliados para estos efectos en San Damián 149, comuna de Vitacura; constituyó una sociedad por una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: 1) La razón social será “Nova Cinco SpA”; 2) El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo adquirir, enajenar, arrendar, explotar, administrar, gravar o disponer de los mismos; b) La adquisición, enajenación, tenencia y administración de acciones y derechos en toda clase de sociedades, bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios y demás instrumentos de inversión, así como la participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, y la participación en consorcios, joint ventures o contratos de asociación o de cuentas en participación; c) La compra, venta y comercialización de toda clase de bienes, productos, insumos y servicios, sean nacionales o extranjeros; d) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, gestión, intermediación, financiamiento y apoyo en materias de carácter comercial, financiero, económico, tecnológico, inmobiliario o de cualquier otra índole; e) El desarrollo, implementación, promoción, gestión y ejecución de proyectos de inversión, inmobiliarios, comerciales, industriales, tecnológicos, energéticos o de cualquier naturaleza; f) La construcción y ejecución de toda clase de obras civiles, de edificación y remodelación de viviendas, conjuntos habitacionales y locales o edificios comerciales, bodegas, la elaboración de proyectos de urbanismo y la ejecución de las obras de urbanización; g) La prestación de servicios de arquitectura, ingeniería y construcción; y, h) En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar toda clase de contratos civiles y comerciales, necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, así como cualquier otra actividad lícita, ya sea directamente o mediante la participación en otras entidades con fines similares o conexos; 3) El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en 1000 acciones, las cuales se dividen, a su vez, en dos Series de Acciones: i) 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y cada una de igual valor, corresponden a la “Serie A”; y, ii) 900 acciones preferentes, nominativas, sin valor nominal y cada una de igual valor, corresponden a la “Serie B”. Las acciones precedentemente enunciadas de ambas Series de Acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre del 2025.