MAGLIONA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2025
- Repertorio
- 57331
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MAGLIONA ABOGADOS LIMITADA | socio | 76308839-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en esta ciudad, calle Isidora Goyenechea número 3.477, oficina 10, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2025, Repertorio 57.331, ante mí: (i) CLAUDIO PAUL MAGLIONA MARKOVICTH, cédula nacional de identidad N°9.855.757-1, domiciliado en Avenida Andrés Bello número 2.687, piso 24, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; (ii) GIOVANNI D'ANGELLO DONATI SANHUEZA, cédula nacional de identidad N°13.282.503-3, domiciliado en Víctor Rae número 4.800, departamento 51, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; (iii) JUAN PABLO MONTIEL VERGARA, cédula nacional de identidad N°16.077.342-1, domiciliado en calle Granada número 2.173, departamento 801, comuna de Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana; (iv) NICOLÁS FELIPE YURASZECK PEÑARANDA, cédula nacional de identidad N°15.381.544-5, domiciliado en El Gabino número 13.220, departamento 210, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; y (v) KARLA DANIELA CID VILLALOBOS, cédula nacional de identidad N° 15.695.141-2, domiciliada en calle Burgos número 212, departamento 71, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad MAGLIONA ABOGADOS LIMITADA, RUT N° 76.308.839-1, inscrita a fojas 54.576 número 36.371 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013, modificada por escrituras públicas de fecha 15 de noviembre de 2023 e inscrita a fojas 103.328 número 43.959 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023, y por escritura pública de 7 de diciembre de 2023, inscrita a fojas 108.186 número 46.239 del Registro de Comercio de Santiago del año 2023, en el sentido que sigue: (i) Cesión de Derechos de Nicolás Felipe Yuraszeck Peñaranda: Nicolás Felipe Yuraszeck Peñaranda, dueño del 1% de los derechos sociales, con el consentimiento de los demás socios, vende, cede y transfiere dicho porcentaje a Karla Daniela Cid Villalobos, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1% los derechos sociales de Magliona Abogados Limitada por el monto de $10.000, pagado al contado. (ii) Cesión de Derechos de Claudio Paul Magliona Markovicth: Claudio Paul Magliona Markovicth, dueño del 97% de los derechos sociales, con el consentimiento de los demás socios, vende, cede y transfiere sus derechos sociales de la siguiente forma y en las siguientes proporciones a: a) Giovanni D'Angello Donati Sanhueza, compra, acepta y adquiere para sí el 1% de los derechos sociales de Magliona Abogados Limitada, por el monto de $10.000.-; b) Juan Pablo Montiel Vergara, compra, acepta y adquiere para sí el 1% de los derechos sociales de Magliona Abogados Limitada, por el monto de $10.000.-;y c) Karla Daniela Cid Villalobos, compra, acepta y adquiere para sí el 1% de los derechos sociales de Magliona Abogados Limitada, por el monto de $10.000.-; (iii) Como consecuencia de la cesión de derechos, se retira de la sociedad Nicolás Felipe Yuraszeck Peñaranda e ingresa como nueva socia Karla Daniela Cid Villalobos, quedando como únicos socios: a) Claudio Paul Magliona Markovicth, con un 94% de los derechos sociales; b) Giovanni D'Angello Donati Sanhueza, con un 2% de los derechos sociales; c) Juan Pablo Montiel Vergara, con un 2% de los derechos sociales y; d) Karla Daniela Cid Villalobos, con un 2% de los derechos sociales. (iv) Claudio Paul Magliona Markovicth, Giovanni D'Angello Donati Sanhueza, Juan Pablo Montiel Vergara y Karla Daniela Cid Villalobos, en su calidad de únicos socios de MAGLIONA ABOGADOS LIMITADA, modifican de común acuerdo los artículos del pacto social que nombran a los socios, excluyéndose de la denominación de cada uno de los socios a Nicolás Felipe Yuraszeck Peñaranda, y agregándose a la denominación de cada uno de los socios a Karla Daniela Cid Villalobos. (v) Claudio Paul Magliona Markovicth, Giovanni D'Angello Donati Sanhueza, Juan Pablo Montiel Vergara y Karla Daniela Cid Villalobos, en su calidad de únicos socios de la Sociedad, modificaron el artículo quinto del pacto social, el cual contiene el monto de los aportes efectuado por cada socio, reemplazándolo al efecto por el siguiente: el capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000.-, que las partes aportan y aportarán del siguiente modo: a) Claudio Paul Magliona Markovicth, aporta la suma de $940.000.-, representativo del 94% del capital social; b) Giovanni D'Angello Donati Sanhueza, aporta la suma de $20.000.-, representativo del 2% del capital social; c) Juan Pablo Montiel Vergara, aporta la suma de $20.000.-, representativo del 2% del capital social; y d) Karla Daniela Cid Villalobos, aporta la suma de $20.000.-, representativo del 2% del capital social. (vi) Claudio Paul Magliona Markovicth, Giovanni D'Angello Donati Sanhueza, Juan Pablo Montiel Vergara y Karla Daniela Cid Villalobos, en su calidad de únicos socios de la Sociedad, dejan expresa constancia que en todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social que consta de las escrituras públicas individualizadas en escritura extractada, y en especial, la estipulación que establece que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 29 de octubre de 2025.