CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

KAIKEN AGROINDUSTRIAL SpA

CVE 2729090
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2025
Repertorio
7830-2025
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tiene por

Administración

El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a don Andrés Pedro Santa Cruz Marín, y a don Andrés Pedro Santa Cruz López para que actuando uno cualquiera de ellos, representen indistinta e individualmente a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que se señalan de forma meramente enunciativa en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 2025, repertorio N°7.830-2025, ante mí, KAIKEN CHILE SpA, viene en constituir una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: KAIKEN AGROINDUSTRIAL SpA (la “Sociedad”). 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (i) La prestación de servicios de embalaje, packing, partiduría, secado, tiernizado, envasado y la selección de todo tipo de frutas y alimentos; así como también la prestación de servicios de asesoría a productores agrícolas o agroindustriales; (ii) La distribución por cuenta propia o ajena de frutos, productos agroindustriales y de toda clase de productos relacionados; (iii) Actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios, la prestación de asesorías y servicios relacionados con la agricultura, agroindustria y su explotación; (iv) Al igual, tendrá por objeto, la prestación de servicios técnicos, comerciales, administrativos, financieros, económicos y de cualquier otra especie, inclusive de control de calidad e inspecciones técnicas, comerciales, administrativos, financieros, económicos y de cualquier otra especie; (v) La prestación de servicios de carga, descarga y embarque, como transporte marítimo, aéreo y terrestre de todo tipo de mercaderías en vehículos propios o de terceros, ya sea ejecutados directamente por la sociedad o por intermedio de otros contratistas o terceros en general; (vi) La compra, venta, distribución, importación, exportación, representación, protección, elaboración, comercialización, intermediación y corretaje de productos agrícolas, forestales, ganaderos, frutales, fertilizantes e insumos para la agricultura, plantas y viveros en su más amplio concepto, de materias primas, maquinarias, especies, productos terminados, de todo tipo de productos o frutos del mar, y en general de todo tipo de bienes muebles; (vii) La explotación y administración de predios agrícolas propios o ajenos; (viii) La explotación de toda clase de establecimientos industriales o comerciales, destinados a manufactura, proceso, frigoríficos, packing, embalaje y preparación para su embarque nacional o al extranjero; (ix) Para cumplir con el objeto social, podrá formar o adquirir derechos o acciones en otras sociedades, formar joint ventures y toda clase de asociaciones nacionales o internacionales; y (x) En general cualquier otro negocio que se relacione, en la actualidad o en el futuro con estas actividades u otras que los accionistas determinen. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $50.000.000 pesos, dividido en 500 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal. El capital se suscribe, paga de la siguiente manera: a) KAIKEN CHILE SpA suscribe 10 acciones, por la suma de $1.000.000, las que se pagan e ingresan a la caja social en el acto de constitución; y b) Las restantes 490 acciones, por la suma de $49.000.000, se encuentran pendientes de suscripción y pago, debiendo ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de tres años contados desde el acto de constitución. 4. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a don Andrés Pedro Santa Cruz Marín, y a don Andrés Pedro Santa Cruz López para que actuando uno cualquiera de ellos, representen indistinta e individualmente a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, las que se señalan de forma meramente enunciativa en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2025.-