CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA PATRICIA SpA

CVE 2728984
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2025
Repertorio
22239/2025
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$9.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 941, Local 302, de la comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 2025, Repertorio Nº22.239/2025, otorgada ante mí, JAVIERA PAZ GALLARDO MIRANDA, EMILIO TOMÁS GALLARDO MIRANDA y DIEGO IGNACIO GALLARDO MIRANDA, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA PATRICIA SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Efectuar toda clase de inversiones en valores y efectos de comercio, en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el extranjero, especialmente en acciones, bonos y otros títulos de crédito, pudiendo de igual manera comprar, vender y realizar toda clase de actuaciones sobre toda clase de bienes muebles o inmuebles; b) La formación y participación en sociedades de capital o de personas, civiles, comerciales así como en comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, organizarlas, constituirlas o invertir en ellas; la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; c) Administrar por cuenta propia o ajena cualquier clase de negocios, agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas, o bienes de cualquier naturaleza; d) Actuar como comisionista, intermediaria, administradora, promotora, representante, o comerciante en general; e) Establecer sucursales, subsidiarias, agencias, oficinas y representaciones de la sociedad, en cualquier parte del país o del extranjero; f) Realizar toda clase de importaciones y exportaciones por cuenta propia o de terceros relacionado con su objeto social; g) Invertir en toda clase de bienes corporales e incorporales, proyectos, especialmente en acciones de todo tipo y/o derechos y/o valores mobiliarios, efectos de comercio y otros valores y/o instrumentos que el mercado bursátil desarrolle y/o transe en el futuro; h) Realizar estudios técnicos y de proyectos de factibilidad de inversión; i) El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias y de construcción, la adquisición de bienes raíces, predios urbanos y/o rústicos, su subdivisión, venta por pisos o loteo, la explotación en cualquier forma de los mismos, ya sea a través de compraventa, sea por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros; j) Representar a terceros, nacionales y/o extranjeros, en sus actividades comerciales y/o profesionales dentro o fuera del territorio nacional; k) En general, ejecutar actos de cualquier otro ramo y/o giro que los accionistas acuerden en el futuro, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $9.000.000.- dividido en 900 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente manera: I) Doña JAVIERA PAZ GALLARDO MIRANDA, suscribe 300 acciones, que representan el 33% del capital social, por un valor de total de $3.000.000.- pagado en este acto, al contado en efectivo; II) Don EMILIO TOMÁS GALLARDO MIRANDA, suscribe 300 acciones, que representan el 34% del capital social, por un valor de total de $3.000.000.- pagado en este acto, al contado en efectivo; III) Don DIEGO IGNACIO GALLARDO MIRANDA, suscribe 300 acciones, que representan el 33% del capital social, por un valor de total de $3.000.000.- pagado en este acto, al contado en efectivo. En consecuencia, el 100% del capital de la sociedad queda íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2025.