Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y)o de renta, fondos de inversión, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos de comercio y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y)o en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, a título gratuito u oneroso, en el país o en el extranjero, comprendiendo percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie, las inversiones de capitales; b) la compra, adquisición, venta, importación, exportación, enajenación y comercialización de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, su administración y explotación en cualquier forma, ya sea por cuenta propia o ajena; c) la prestación de servicios de asesorías, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general; y d) la realización de todos los actos y contratos necesarios y)o conducentes para el cumplimiento del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38ª Notaría Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2025, ante mí, Jimena López de Lérida Milicic, chilena, casada con separación de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad N° ocho millones novecientos cincuenta y cinco mil doscientos treinta y tres guion ocho, domiciliada para estos efectos en avenida Luis Carrera 2350, departamento 201, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y don Diego Hernán Silva Robert, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° once millones ochocientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta guion siete, domiciliada para estos efectos en avenida Luis Carrera 2350, departamento 201, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones. Nombre: EL MAITÉN SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y/o de renta, fondos de inversión, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos de comercio y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y/o en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, a título gratuito u oneroso, en el país o en el extranjero, comprendiendo percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie, las inversiones de capitales; b) la compra, adquisición, venta, importación, exportación, enajenación y comercialización de toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean corporales o incorporales, su administración y explotación en cualquier forma, ya sea por cuenta propia o ajena; c) la prestación de servicios de asesorías, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general; y d) la realización de todos los actos y contratos necesarios y/o conducentes para el cumplimiento del objeto social. Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones de igual valor, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: /a/ Jimena López de Lérida Milicic, con la cantidad de $500.000; dividido en 50 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas; y /b/ Diego Hernán Silva Robert con la cantidad de $500.000; dividido en 50 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias, sucursales, representaciones, delegaciones y tiendas en otros puntos del país o del extranjero. Otras estipulaciones no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago, 13 de Noviembre de 2025.