INVERSIONES HPF LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2025
- Repertorio
- 8908/2025
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, ubicada en calle Huérfanos Nº578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que, por escritura pública de fecha 30 de octubre del año 2025, repertorio 8.908/2025, otorgada ante mí, comparecen: Don JOSÉ RAFAEL OSVALDO PÉREZ CAMPINO, don OSVALDO JOSÉ PÉREZ FABRES, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES SAN NICOLÁS SpA, doña ALEJANDRA REGINA PÉREZ FABRES, por sí y en representación de la sociedad INVERSIONES ZEBRA LIMITADA, y doña TRINIDAD PÉREZ FABRES, por sí y conjuntamente con doña PALOMA VICUÑA PÉREZ en representación de la sociedad INVERSIONES AMPI LIMITADA, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en Avenida Vitacura N°2.909, oficina 603, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acuerdan modificar la sociedad INVERSIONES HPF LIMITADA en el siguiente sentido: Uno. Don JOSÉ RAFAEL OSVALDO PÉREZ CAMPINO vende, cede y transfiere en partes iguales la totalidad de sus derechos sociales equivalentes aproximadamente al 0,0333% del capital social a las sociedades INVERSIONES SAN NICOLÁS SpA, INVERSIONES ZEBRA LIMITADA e INVERSIONES AMPI LIMITADA, cada una por medio de sus respectivos representantes compra, acepta y adquiere para sí el 0,0111% de los derechos sociales en la suma de $50.000.- pagados en dinero efectivo. Dos. Don OSVALDO JOSÉ PÉREZ FABRES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes aproximadamente al 0,0003% del capital social, a la sociedad INVERSIONES SAN NICOLÁS SpA, quien a través de su representante compra, acepta y adquiere para sí los derechos sociales en la suma de $1.500.- pagados en el acto y en dinero efectivo. Tres. Doña ALEJANDRA REGINA PÉREZ FABRES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales equivalentes aproximadamente al 0,0003% del capital social, a la sociedad INVERSIONES ZEBRA LIMITADA, quien a través de su representante compra, acepta y adquiere para sí los derechos sociales en la suma de $1.500.-. pagados en acto y dinero efectivo. Cuatro. Doña TRINIDAD PÉREZ FABRES, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes aproximadamente al 0,0003% del capital social a la sociedad INVERSIONES AMPI LIMITADA, quien a través de sus representantes compra, acepta y adquiere para sí los derechos sociales en la suma de $1.500.- pagados en el acto y en dinero efectivo. Cinco. En virtud de la cesión de derechos acordada, con el consentimiento de todos los socios, se retiran de la sociedad don JOSÉ RAFAEL OSVALDO PÉREZ CAMPINO, don OSVALDO JOSÉ PÉREZ FABRES, doña ALEJANDRA REGINA PÉREZ FABRES, y doña TRINIDAD PÉREZ FABRES, quedando como únicos socios de la sociedad INVERSIONES HPF LIMITADA, las sociedades INVERSIONES SAN NICOLÁS SpA, INVERSIONES ZEBRA LIMITADA e INVERSIONES AMPI LIMITADA. Seis. Se modifica el artículo sexto de los estatutos sociales en el siguiente sentido: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social es la suma de trescientos millones ciento tres mil pesos, que los socios aportaron, aportan y pagan de la forma que se indica a continuación: a) la sociedad INVERSIONES SAN NICOLÁS SpA, la suma cien millones treinta y cuatro mil trescientos treinta y tres pesos, equivalentes aproximadamente al treinta y tres coma tres tres tres tres tres por ciento del capital social; y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; b) la sociedad INVERSIONES ZEBRA LIMITADA, la suma de cien millones treinta y cuatro mil trescientos treinta y tres pesos equivalentes aproximadamente al treinta y tres coma tres tres tres tres tres por ciento del capital social; y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; y c) la sociedad INVERSIONES AMPI LIMITADA, la suma de cien millones treinta y cuatro mil trescientos treinta y tres pesos, equivalentes aproximadamente al treinta y tres coma tres tres tres tres cuatro por ciento del capital social, y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 13 de noviembre 2025.