MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRUCK LEDGO PRODUCCIONES SpA

RUT 76795345-3 CVE 2728058
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2017
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2017
Repertorio
8795/2025
Notario
OSCAR EDUARDO CELIZ DIAZ
Domicilio
Reemplazante de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Comuna
Santiago

Objeto social

Se incorporan al Objeto Social vigente las siguientes actividades: “La prestación de servicios de profesionales, por cuenta propia o por terceros, de forma asociada o independiente”; y “Realización de consultarías a empresas, proyectos y relacionados, en implementación y desarrollo de actividades empresariales y comerciales”; (iv) Como consecuencia de lo anterior, se aprobó reemplazar el Artículo Cuarto del Estatuto Social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSCAR EDUARDO CELIZ DIAZ, Abogado, Notario Público Reemplazante de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en Calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, certifico: Que, por documento privado protocolizado bajo el Nº 5.365 con fecha 28 de octubre de 2025, Repertorio N°8.795/2025, ante la notario titular, comparecen: Doña MARÍA JOSÉ BASTÍAS SANDOVAL y don DAVID ANDRÉS MOLINA MOLINA, ambos domiciliados en Avenida Kennedy 6800, oficina 318 B, Vitacura, Región Metropolitana, protocolizaron la modificación de la sociedad TRUCK LEDGO PRODUCCIONES SPA, Sociedad del giro de su denominación, constituida por escritura pública de fecha 27 de septiembre del año 2017 ante la 42ª Notaría de Santiago, y que se encuentra inscrita a Fojas 73.972, Número 39.864, del Registro de Comercio correspondiente al año 2017, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; pronunciándose en los siguientes sentidos: (i) Modificar la Razón Social: La nueva Razón Social corresponderá a “Nexo Gestión Global SpA”, manteniendo la continuidad social y el ejercicio de las actividades de la sociedad bajo el mismo Rol Único Tributario; (ii) Como consecuencia de lo anterior, se aprobó reemplazar en tal sentido el Artículo Primero de los estatutos sociales, y los siguientes en concordancia; (iii) Modificar el Objeto Social: Se incorporan al Objeto Social vigente las siguientes actividades: “La prestación de servicios de profesionales, por cuenta propia o por terceros, de forma asociada o independiente”; y “Realización de consultarías a empresas, proyectos y relacionados, en implementación y desarrollo de actividades empresariales y comerciales”; (iv) Como consecuencia de lo anterior, se aprobó reemplazar el Artículo Cuarto del Estatuto Social, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO: El objeto de la sociedad será: 1) Servicios de producción de recitales y otros eventos musicales masivos; 2) Desarrollo Establecimientos de comida rápida, bares, fuentes de soda, gelaterías; 3) La prestación de servicios de profesionales, por cuenta propia o por terceros, de forma asociada o independiente; 4) Realización de consultarías a empresas, proyectos y relacionados, en implementación y desarrollo de actividades empresariales y comerciales; y 5) Cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con su objeto que los socios oportunamente acuerden, acuerdo que no será necesario acreditar ante terceros.”; (v) Cesión de Derechos Sociales: doña María José Bastías Sandoval vende, cede y transfiere derechos o participación social en la aludida sociedad que equivalen al cien por ciento de la totalidad de los derechos sociales a don David Andrés Molina Molina, quedando éste como único Socio de TRUCK LEDGO PRODUCCIONES SPA; (vi) Como consecuencia de lo anterior, se acuerda modificar en tal sentido el Artículo Primero Transitorio del Pacto Social; (vii) Modificación de Administración Social: La administración y el uso de su razón social corresponderán a don David Andrés Molina Molina, en los términos y alcance indicados en los Estatutos; y, (viii) Como consecuencia de lo anterior, se aprobó reemplazar en tal sentido el Artículo Décimo Quinto de los estatutos de sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 4 de noviembre de 2025.