CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD VIVERO LA ESPERANZA LIMITADA

RUT 10701625-2 CVE 2727999
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2025
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2025
Repertorio
3807-2025
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
La Serena
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

será la reproducción de toda clase de plantas, flores y árboles, su comercialización y distribución, venta, importación y exportación de los mismos, así como de fertilizantes y abonos relacionados con el giro de la sociedad.- Asimismo podrán los socios acordar la realización de cualquier otra actividad, relacionada en forma directa o indirecta con el giro social

Administración

Corresponderá a ambos socios, que actuando en forma conjunta, en representación de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, además de las facultades indicadas en la escritura que se extracta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, Abogado Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Serena, con domicilio en calle Los Carrera 529, La Serena, certifico que: Por escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2025, Repertorio 3807-2025, ante mí: SANDRA PATRICIA MONARDEZ GUERRA, chilena, soltera, empleada, domiciliada en sitio ocho A-C del Proyecto de Parcelación Nueva Esperanza, La Serena , cédula de identidad N° 10.701.625-2, y don ANGELO ANTONIO DUARTE MALDONADO, chileno, soltero, comerciante, domiciliado en calle esmeralda 508, Borgoño, Comuna de Copiapó, y de paso en esta ciudad, cédula de identidad N° 16.832.687-4, constituyeron una sociedad Comercial de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la Ley 3.918, de 14 de marzo de 1923 y sus modificaciones, teniendo además presente las disposiciones legales del Código Civil y de Comercio que versan sobre materias que no se hubieren estipulado en este contrato.- OBJETO SOCIAL: será la reproducción de toda clase de plantas, flores y árboles, su comercialización y distribución, venta, importación y exportación de los mismos, así como de fertilizantes y abonos relacionados con el giro de la sociedad.- Asimismo podrán los socios acordar la realización de cualquier otra actividad, relacionada en forma directa o indirecta con el giro social.- RAZON SOCIAL: Será SOCIEDAD VIVERO LA ESPERANZA LIMITADA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía, ante bancos o instituciones financieras, públicas y/o privadas, con el nombre de fantasía de VIVERO LA ESPERANZA LTDA.- ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: Corresponderá a ambos socios, que actuando en forma conjunta, en representación de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, además de las facultades indicadas en la escritura que se extracta.- CAPITAL SOCIAL: Es la suma de $20.000.000.-, que los constituyentes aportan por iguales partes de la siguiente forma: a) La Socia Sandra Patricia Monárdez Guerra, con la suma de Diez millones de pesos, ($10.000.000.-), que paga mediante el aporte que hace en este acto a la sociedad y por la misma cantidad, de todos los derechos de que es dueña, ascendentes a un cuarenta por ciento, y que recaen sobre el inmueble ubicado en la Comuna de La Serena, consistente en el lote Ocho A guión C, resultante de la subdivisión del Lote Ocho A, éste a su vez, resultante de la subdivisión del Proyecto de Parcelación Nueva esperanza de esta comuna. El Lote ocho A guión C, tiene una superficie aproximada de cero coma cincuenta hectáreas y deslinda según sus título de la siguiente forma: AL NORTE: En cincuenta y nueve metros con lote Ocho a guión cinco, camino de por medio y parte del lote ocho A guión A; AL SUR. En cincuenta y nueve metros con sitio A-B y parte del Lote ocho A-A; AL ORIENTE: En ochenta y cinco metros con Loteb Ocho A-A; y al PONIENTE: En ochenta y seis metros con asentamiento Hernán Mery, camino público de por medio.- El título de dominio a nombre de la aportante rola a fojas siete mil ochocientos quince número cuatro mil ochocientos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Las Serena del año dos mil veinticinco.- El lote de mayor cabida tiene el Rol de Avalúos número mil cuarenta y cinco guión doscientos cuarenta y nueve de esta comuna, y se encuentra exento de pago de contribuciones.- b) EL SOCIO ANGELO ANTONIO DUARTE MALDONADO, aporta la suma de diez millones de pesos, en efectivo, ya ingresados a la caja social.- DISTRIBUCION DE UTILIDADES Y PERDIDAS Se repartirán entre los socios en la proporción de un cincuenta por ciento para cada uno de ellos.- LIMITE DE RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. DURACION DE LA SOCIEDAD: será de cinco años contados desde la fecha de esta escritura. Este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por periodos iguales de tres años sin ninguna de las partes manifestare su voluntad de poner término a la sociedad en forma establecida en escritura.- DOMICILIO SOCIAL: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de La Serena, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que pueda instalar en otras ciudades o localidades del país. Otras estipulaciones en escritura social extractada.- La Serena, 12 de noviembre de 2025.- CARAT 29312.-