INVERSIONES AGRAMUNT Y COMPAÑÍA SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $40.250.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y)o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, o cualquier otra forma de cesión del derecho de uso y goce, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados, con maquinarias, y)o con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. D) La inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el exterior, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; y, la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al afecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos”.-Capital. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $569.782.771.-, que los socios han aportado de la siguiente forma y proporción: (i) Felipe Teodoro Gil Claramunt aporta $512.282.771, equivalentes aproximadamente al 89,91% de los derechos sociales, íntegramente pagada y enterada en arcas sociales; y (ii) Bernardita Herrera Piretta aporta la suma de $57.500.000.-, equivalentes aproximadamente al 10,09% de los derechos sociales, suma que deberá pagar y enterar dentro del plazo de 5 años contados desde el 22 de octubre de 2025
Administración
El uso de la razón social y la administración corresponderá a FELIPE TEODORO GIL CLARAMUNT y a doña BERNARDITA HERRERA PIRETTA, quienes actuando de manera individual e indistintamente, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes, señaladas en escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES AGRAMUNT Y COMPAÑÍA SpA | socio | 78483450-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico que: por escritura pública fecha 22 de octubre de 2025, ante mí, (I) FELIPE TEODORO GIL CLARAMUNT, C.I. N° 10.349.467-2; y, (II) BERNARDITA HERRERA PIRETTA, C.I. N°15.644.646-7, quien ingresa a la sociedad, ambos domiciliados en calle Los Lirios N°945, comuna y ciudad de Concón, Región de Valparaíso; acordaron respecto de la sociedad INVERSIONES AGRAMUNT Y COMPAÑÍA SpA, RUT 78.483.450-6, inscrita Fojas 951, Número 772, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del Año 1994, lo siguiente: A) Modificar el objeto social de la compañía, por lo cual se reemplazó el artículo tercero de los estatutos por el siguiente: -.“Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, o cualquier otra forma de cesión del derecho de uso y goce, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados, con maquinarias, y/o con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. D) La inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el exterior, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; y, la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al afecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos.”.- B) Modificar el nombre o la razón social de la Compañía, por lo cual se reemplazó el artículo primero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad será INMOBILIARIA E INVERSIONES AGRAMUNT Y COMPAÑÍA SpA”.- C) Aumento de capital: Felipe Teodoro Gil Claramunt, en calidad de único y actual accionista de la sociedad según Registro de Accionistas que ha tenido el notario que autoriza, decide aumentar el capital desde $40.250.000.- dividido 4.025.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a $569.782.771, dividido en 56.978.277 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, mediante la emisión 52.953.277 acciones de pago, de iguales características, por el valor de $529.532.771.- las cuales, 47.203.277 acciones son suscritas y pagadas por don Felipe Teodoro Gil Claramunt en la forma señalada en escritura extractada; y las restantes 5.750.000 acciones son suscritas por doña Bernardita Herrera Piretta, las que deberán ser pagadas en dinero efectivo dentro de plazo 5 años desde el 2 de octubre de 2025, en la forma indicada escritura extractada. D) Modificación de estatutos. Producto de lo anterior, se modifica el artículo quinto del capital, y el artículo primero transitorio, por los siguientes: -.“Artículo Quinto: El capital social es la suma de $569.782.771, dividido en 56.978.277 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, y que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos”.-.“Artículo Primero Transitorio: El capital social, según se establece en el artículo quinto de estos estatutos, es la suma de $569.782.771.-, dividido en 56.978.277 ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: (i) don FELIPE TEODORO GIL CLARAMUNT ha suscrito 51.228.277, por un valor de $512.282.771, íntegramente suscritas y pagadas; y, (ii) Doña BERNARDITA HERRERA PIRETTA ha suscrito 5.750.000, por un valor total de $57.500.000, las que deberá pagar dentro del plazo de 5 años contados desde el 22 de octubre del año 2025”.-. E) Transformación. Acordaron transformar la sociedad mediante el cambio de su especie o tipo social, en una sociedad de responsabilidad limitada, y que en lo sucesivo se regirá por las disposiciones de la Ley número 3.918 y sus modificaciones, por las normas pertinentes del Código Civil y de Comercio y en especial por sus estatutos. Razón social: La razón social será INMOBILIARIA E INVERSIONES AGRAMUNT Y COMPAÑÍA LIMITADA. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) El desarrollo y explotación de toda clase de negocios inmobiliarios, para ello podrá dedicarse a adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, agrícolas y no agrícolas o urbanos, arrendarlos, administrarlos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y en general, explotarlos de cualquier forma por cuenta propia o de terceros. B) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, o cualquier otra forma de cesión del derecho de uso y goce, corretaje u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados, con maquinarias, y/o con instalaciones que permiten el ejercicio de una actividad comercial o industrial. D) La inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales, ya sea en Chile o en el exterior, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; y, la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al afecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora y en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos”.-Capital. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $569.782.771.-, que los socios han aportado de la siguiente forma y proporción: (i) Felipe Teodoro Gil Claramunt aporta $512.282.771, equivalentes aproximadamente al 89,91% de los derechos sociales, íntegramente pagada y enterada en arcas sociales; y (ii) Bernardita Herrera Piretta aporta la suma de $57.500.000.-, equivalentes aproximadamente al 10,09% de los derechos sociales, suma que deberá pagar y enterar dentro del plazo de 5 años contados desde el 22 de octubre de 2025. Administración y Uso de la Razón social: El uso de la razón social y la administración corresponderá a FELIPE TEODORO GIL CLARAMUNT y a doña BERNARDITA HERRERA PIRETTA, quienes actuando de manera individual e indistintamente, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes, señaladas en escritura extractada. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2025.