MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Dr. MIGUEL TORRES RAMIREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 77186530-5 CVE 2728012
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
26 de octubre de 1999
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
26 de octubre de 1999
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$3.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO ÁLVAREZ DÍAZ, Notario Titular Cuarta Notaría Chillán, El Roble 515, Chillán, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don MIGUEL ANTONIO TORRES RAMÍREZ, doña LUZ MARÍA CARRASCO SEPÚLVEDA, don FELIPE ANTONIO TORRES CARRRASCO, don CLAUDIO TOMÁS TORRES CARRASCO, y don JOSÉ MIGUEL ANDRÉS TORRES CARRASCO, todos domiciliados en pasaje La Espiga N° 979, sector Quilamapu, Comuna de Chillán; modificaron sociedad “Dr. MIGUEL TORRES RAMIREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, la cual fue constituida por escritura pública otorgada ante el Notario de Chillán don Carlos Cervantes Lazo de fecha 29 de julio de del año 1998, inscrita fojas 185 vuelta número 190 del Registro de Comercio del año 1998 del Conservador de Bienes Raíces de Chillán.- Capital: $3.0000.000.- RUT: 77.186.530-5.- La sociedad ha sido modificada: 1.- Por escritura pública de fecha 26 de octubre del año 1999, otorgada ante el Notario de Chillán, don Carlos Cervantes Lazo, inscrita a fojas 286 N° 302 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 1999, la cual fue resciliada.- 2.- Por escritura pública de fecha 29 de julio de 2005, otorgada don Héctor Olalde Fuentes, Suplente del Notario Titular de la Cuarta Notaría de Chillán don Luis Eduardo Alvarez Diaz, inscrita a fojas 277 vuelta N° 302 del Registro de Comercio del año 2005 , del Conservador de Comercio de Chillán. 3. Por escritura pública de fecha 03 de agosto de 2007 otorgada ante mí, inscrita a fojas 339 vuelta N° 355 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2007; 4.- Por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2014 otorgada ante mí, , inscrita a fojas 615 N° 536 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2014; y 5.- Por escritura pública de fecha 28 de octubre de 2016, otorgada don Héctor Olalde Fuentes, Suplente del Notario Titular de la Cuarta Notaría de Chillán don Luis Eduardo Alvarez Diaz, inscrita a fojas 667 vuelta N° 523 del Registro de Comercio del año 2016 , del Conservador de Comercio de Chillán .- Nueva Modificación consiste: La socia LUZ MARÍA CARRASCO SEPÚLVEDA, vende, cede y transfiere a don JOSÉ MIGUEL ANDRÉS TORRES CARRASCO, quien compra, acepta y adquiere para sí un 9,375% de los derechos y haberes que a la cedente le corresponden en la sociedad “Dr. MIGUEL TORRES RAMIREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, y que equivalen al 4,5% del haber social, por el precio de $3.5000.000, pagados contado.- En virtud de lo anterior la sociedad “Dr. MIGUEL TORRES RAMIREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”, queda conformada por don MIGUEL ANTONIO TORREZ RAMIREZ con un 9% de los derechos y haberes de la sociedad, por doña LUZ MARÍA CARRASCO SEPÚLVEDA, con un 43,5% de los derechos y haberes en la sociedad, por don FELIPE ANTONIO TORRES CARRASCO, con un 12,77%, de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, por don CLAUDIO TOMÁS TORRES CARRASCO, con un 12,73%, de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, y por don JOSÉ MIGUEL ANDRÉS TORRES CARRASCO, con un 22%, de participación en el capital, derechos y haberes de la sociedad, quienes a su vez, modifican la sociedad en los siguientes términos: a) modifican la sociedad en el sentido que las utilidades y pérdidas se repartirán en proporción a sus derechos sociales esto es un 9% para el socio MIGUEL ANTONIO TORRES RAMIREZ, un 43,5% para la socia LUZ MARÍA CARRASCO SEPÚLVEDA, un 12,77%, para el socio FELIPE ANTONIO TORRES CARRASCO, un 12,73%, para el socio don CLAUDIO TOMÁS TORRES CARRASCO, y un 22%, para el socio JOSÉ MIGUEL ANDRÉS TORRES CARRASCO; y b) modifican la sociedad en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don MIGUEL ANTONIO TORRES RAMIREZ, con las mismas facultades señaladas en la cláusula cuarta del escritura pública constitutiva. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estipulaciones pacto social constitutivo y sus posteriores modificaciones.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Chillán, 30 de Octubre de 2025.-