CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Robert Clifford Peebles Scheel Educación E.I.R.L.

RUT 6084902-1 CVE 2727891
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2025
Notario
PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO
Oficio
9a. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Comuna y ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Empresa tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) Enseñanza y capacitación de idiomas, preparación de exámenes para colegios y universidades locales y extranjeras, servicios de educación on-line y presenciales, consultorías a empresas, servicio de estudios en el extranjero, capacitación en inglés para fines comerciales y profesionales específicos, traducción e interpretación de documentos y conversaciones en diferentes idiomas, la elaboración y venta de material didáctico, libros y recursos de aprendizaje de idiomas, el asesoramiento y consultoría en materia de educación de idiomas para particulares y empresas, la organización de eventos académicos y culturales relacionados con la enseñanza de idiomas y la comunicación intercultural. 2) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, desarrollo de franquicias, importación y exportación de cursos, libros, venta de material educacional (físico, on-line y audio-visual) todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa. 3) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal

Administración

La administración de la Empresa corresponderá al Empresario

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público Titular 9a. Notaría Santiago, con oficio en calle Teatinos Nº 333, entrepiso, comuna Santiago, Certifico: Por escritura pública de fecha 4 de noviembre del año 2025, ante mí, don ROBERT CLIFFORD PEEBLES SCHEEL, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, Ingeniero Industrial, 72 años, C.I.N° 6.084.902-1, con domicilio en calle El Parronal 1030, Las Brisas Chicureo, comuna de Colina y de paso por ésta; constituyó Sociedad de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, de Razón Social: “Robert Clifford Peebles Scheel Educación E.I.R.L.” pudiendo usar el nombre de fantasía “Robert Peebles Education E.I.R.L.".Objeto: La Empresa tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) Enseñanza y capacitación de idiomas, preparación de exámenes para colegios y universidades locales y extranjeras, servicios de educación on-line y presenciales, consultorías a empresas, servicio de estudios en el extranjero, capacitación en inglés para fines comerciales y profesionales específicos, traducción e interpretación de documentos y conversaciones en diferentes idiomas, la elaboración y venta de material didáctico, libros y recursos de aprendizaje de idiomas, el asesoramiento y consultoría en materia de educación de idiomas para particulares y empresas, la organización de eventos académicos y culturales relacionados con la enseñanza de idiomas y la comunicación intercultural. 2) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, desarrollo de franquicias, importación y exportación de cursos, libros, venta de material educacional (físico, on-line y audio-visual) todo tipo de productos e insumos necesarios para el desarrollo de la empresa. 3) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal. Domicilio. Comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración. Indefinida. Capital. El capital de la Empresa es la cantidad de $3.000.000, que el Empresario se obliga a aportar y pagar a la caja de la Empresa en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura. Responsabilidad: La responsabilidad del Empresario queda limitada al monto de su aporte. Administración. La administración de la Empresa corresponderá al Empresario.