Instrumento
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- 49° Notaria Amunategui 73
Sociedad
- N. fantasía
- " FORCE SECURITY "
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: prestar servicios de seguridad privada en los términos de la normativa vigente en Chile, actualmente Ley N°21.659 sobre Seguridad Privada y su reglamentación, y/o las normas que las complementen o reemplacen. En particular, podrá: (i) Proveer servicios de vigilancia, protección y seguridad de personas, bienes muebles e inmuebles; (ii) Diseño, instalación, operación, monitoreo y mantención de sistemas y tecnologías de seguridad electrónica (alarmas, CCTV, control de accesos, monitoreo remoto, centros de control), conforme a exigencias técnicas y autorizaciones; (iii) Consultoría, estudios de seguridad, capacitación y entrenamiento de personal en materias de seguridad privada; (iv) Custodia y seguridad de eventos y recintos, control de accesos y planes de emergencia; (v) Actividades conexas o complementarias necesarias para el desarrollo del
- Duración
- 5 años, contados desde esta fecha, renovables tácita y sucesivamente en periodos iguales salvo declaración expresa en contrario de los constituyentes
- Ley aplicable
- Ley N°21.659
Administración
Don GONZALO PATRICIO CASTRO CONTRERAS, chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos mil trescientos nueve guión dos, domiciliado en Gerónimo de Alderete número cuatrocientos veintiuno, comuna de la Florida, ciudad de Santiago; quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones, indicadas en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaria Amunategui 73, comuna y ciudad de Santiago: certifico que por escritura pública hoy ante mí, comparece: don GONZALO PATRICIO CASTRO CONTRERAS, chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos mil trescientos nueve guión dos ,domiciliado en Gerónimo de Alderete número cuatrocientos veintiuno, comuna de la Florida, ciudad de Santiago, y don VICTOR HUGO VEGA CÁRDENAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad número once millones trescientos diecisiete mil cuatrocientos veintiuno guion ocho, domiciliado en Diego de Sevilla número trece mil cuatrocientos dieciséis, comuna de San Bernardo, de paso en esta ciudad de Santiago, Región metropolitana, vienen en constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre o Razón social: " FORCE SECURITY SpA." Nombre de Fantasía: " FORCE SECURITY " Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero. El objeto de la sociedad será: prestar servicios de seguridad privada en los términos de la normativa vigente en Chile, actualmente Ley N°21.659 sobre Seguridad Privada y su reglamentación, y/o las normas que las complementen o reemplacen. En particular, podrá: (i) Proveer servicios de vigilancia, protección y seguridad de personas, bienes muebles e inmuebles; (ii) Diseño, instalación, operación, monitoreo y mantención de sistemas y tecnologías de seguridad electrónica (alarmas, CCTV, control de accesos, monitoreo remoto, centros de control), conforme a exigencias técnicas y autorizaciones; (iii) Consultoría, estudios de seguridad, capacitación y entrenamiento de personal en materias de seguridad privada; (iv) Custodia y seguridad de eventos y recintos, control de accesos y planes de emergencia; (v) Actividades conexas o complementarias necesarias para el desarrollo del giro. Condición regulatoria: Las actividades que requieran autorización previa o acreditación se ejecutarán solo una vez obtenidas y mientras estén vigentes las autorizaciones de la autoridad competente, cumpliendo además con la normativa de control de armas cuando proceda. La sociedad no asumirá funciones policiales ni aquellas reservadas por ley a autoridades públicas.- Capital: El capital social fijado en el artículo sexto de estos estatutos, es de tres millones de pesos, dividido en tres mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y pagan en este acto por el accionista de la siguiente forma: Don GONZALO PATRICIO CASTRO CONTRERAS, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, equivalente a dos mil doscientos cincuenta acciones y al setenta y cinco por ciento del capital social; y don VICTOR HUGO VEGA CÁRDENAS, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, equivalente a setecientas cincuenta acciones y al veinticinco por ciento del capital social. Con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social. -Duración: 5 años, contados desde esta fecha, renovables tácita y sucesivamente en periodos iguales salvo declaración expresa en contrario de los constituyentes. Administración: Don GONZALO PATRICIO CASTRO CONTRERAS, chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos mil trescientos nueve guión dos, domiciliado en Gerónimo de Alderete número cuatrocientos veintiuno, comuna de la Florida, ciudad de Santiago; quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones, indicadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 10 de noviembre dos mil veinticinco.