Agrícola Quezada Fernández Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2025
- Repertorio
- 9131/2025
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- La sociedad regirá desde el 29 de octubre de 2025, hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil treinta. Este plazo se prorrogará, tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad en contrario, mediante una declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, con no menos de sesenta días de anticipación a la fecha del vencimiento del respectivo período; administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don Arnaldo Manlio Quezada Fernández
Objeto social
la explotación agrícola, ganadera, forestal, frutícola, hortícola y vitivinícola, en todas sus formas y etapas, comprendiendo la producción, cultivo, cosecha, almacenamiento, industrialización, comercialización, transporte y venta, tanto en el país como en el extranjero, de toda clase de productos agrícolas, pecuarios, forestales y agroindustriales. Asimismo, podrá dedicarse a la adquisición, arrendamiento, explotación y administración de predios agrícolas o forestales, propios o ajenos; a la prestación de servicios agrícolas, de asesoría técnica, de maquinaria y de mantención rural; a la comercialización de insumos, herramientas, fertilizantes, semillas, productos fitosanitarios y todo tipo de bienes o servicios destinados al desarrollo de la actividad agrícola. Podrá además, participar en sociedades o asociaciones de carácter agrícola o comercial; adquirir, enajenar, subdividir, arrendar, dar y tomar en arrendamiento, comodato o usufructo bienes raíces agrícolas; urbanizar, lotear o desarrollar proyectos inmobiliarios rurales vinculados a la explotación o valorización de los terrenos de su propiedad; realizar inversiones en instrumentos financieros y bancarios; y en general, ejecutar toda clase de actos y contratos civiles o mercantiles que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que sean necesarios para su realización;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 29 de octubre de 2025, ante mí suplente Michelle Vivianne Menanteaux Chanfreau, Repertorio 9131/2025: don ARNALDO MANLIO QUEZADA FERNÁNDEZ, domiciliado en ruta F treinta E número doce mil diez casa veintisiete, Solar de Mantagua, Quintero, Región de Valparaíso y doña MARÍA SOLEDAD QUEZADA FERNÁNDEZ, domiciliada en La Cañada siete mil ciento cuarenta y siete - D, comuna de La Reina, Región Metropolitana de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes; razón social: “Agrícola Quezada Fernández Limitada”, nombre de fantasía “QF Bee Ltda.”; objeto: la explotación agrícola, ganadera, forestal, frutícola, hortícola y vitivinícola, en todas sus formas y etapas, comprendiendo la producción, cultivo, cosecha, almacenamiento, industrialización, comercialización, transporte y venta, tanto en el país como en el extranjero, de toda clase de productos agrícolas, pecuarios, forestales y agroindustriales. Asimismo, podrá dedicarse a la adquisición, arrendamiento, explotación y administración de predios agrícolas o forestales, propios o ajenos; a la prestación de servicios agrícolas, de asesoría técnica, de maquinaria y de mantención rural; a la comercialización de insumos, herramientas, fertilizantes, semillas, productos fitosanitarios y todo tipo de bienes o servicios destinados al desarrollo de la actividad agrícola. Podrá además, participar en sociedades o asociaciones de carácter agrícola o comercial; adquirir, enajenar, subdividir, arrendar, dar y tomar en arrendamiento, comodato o usufructo bienes raíces agrícolas; urbanizar, lotear o desarrollar proyectos inmobiliarios rurales vinculados a la explotación o valorización de los terrenos de su propiedad; realizar inversiones en instrumentos financieros y bancarios; y en general, ejecutar toda clase de actos y contratos civiles o mercantiles que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que sean necesarios para su realización; capital: dos millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Arnaldo Manlio Quezada Fernández, aporta el cincuenta por ciento del capital social, esto es la suma de un millón de pesos, que entera en este acto en arcas sociales, declarando la sociedad haberlo recibido a su entera y total satisfacción. b) Doña María Soledad Quezada Fernández, aporta el cincuenta por ciento del capital social, esto es la suma de un millón de pesos, que entera en este acto en arcas sociales, declarando la sociedad haberlo recibido a su entera y total satisfacción. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente pagado; domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que ésta pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero, si los socios lo estimen necesario, según las necesidades de la sociedad; duración: La sociedad regirá desde el 29 de octubre de 2025, hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil treinta. Este plazo se prorrogará, tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad en contrario, mediante una declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio de Santiago, al margen de la inscripción social, con no menos de sesenta días de anticipación a la fecha del vencimiento del respectivo período; administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don Arnaldo Manlio Quezada Fernández.- Santiago, 5 de noviembre de 2025.-cr